Ayer salió la nota en La Jornada: La UNAM rescindió a la directora de tesis de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación “por haber incurrido en causas graves de responsabilidad, así como en faltas de probidad y honradez en el desempeño de sus labores como académica y directora de tesis profesionales”.


La profesora fue entrevistada por Joaquín López Dóriga el día de ayer y ahí declara que se va a defender de una decisión que considera injusta, pues tiene 43 años de servir en la UNAM y hace apenas ocho o nueve meses que recibió de manos del rector un reconocimiento como la mejor maestra de la FES Aragón.

La profesora exige que le demuestren que incurrió en las faltas que le imputan, y este es el punto que me interesa enfatizar. Hasta ahora todo el asunto del presunto plagio cometido por la ministra se ha ventilado en los medios. No ha habido una sola acción interna o externa a la UNAM en que las presuntas culpables hayan podido defenderse. A partir del dictamen del Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón y del “resultado” de la investigación administrativa iniciada en contra de la profesora se concluyó que la ministra era plagiaria y que la profesora estaba rescindida.

En pocas palabras, el clima es de linchamiento público.

La UNAM carece del fundamento jurídico para “castigar” a un(a) egresado(a), pero sí puede rescindir a un(a) profesor(a). La pregunta relevante es si puede demostrar fehacientemente que la profesora incurrió en esas faltas que le imputan.

Dos cosas habría que hacer ver. La primera es que se ha usado el término plagio sin establecer claramente lo que se entiende por éste. Y si sólo se tratara de entendernos entre nosotros pues no tendría la mayor importancia, pero tratándose de un término jurídico obviamente su significado es fundamental. Es con base en lo que una norma jurídica establece como la caracterización del término que se puede fundamentar la comisión de una falta o no. Esta cuestión se dirime entonces en una instancia jurídica, donde tanto el acusador como el acusado tienen la oportunidad de demostrar sus dichos.

La segunda tiene que ver con este clima de linchamiento público. En estos casos la persona se encuentra no sólo ante las distintas formas de presentar los hechos y la apreciación de los mismos, sino que también se encuentra inerme frente a una institución y toda la fuerza de su aparato. El mismo abogado general de la UNAM ya lo señala, hay que revisar la legislación universitaria para prever futuros casos, pero por lo pronto a esta profesora la rescinden. Es ella y su trayectoria la que está en vilo, pues ha declarado que se va a defender, y mientras no se demuestre su culpabilidad es inocente. Este es un principio jurídico en México.

No cabe duda de que este sistema impuesto desde los 80 en la universidad pública cuyo propósito, entre otros, era el romper el sentido de pertenencia al gremio nos ha hecho pensar que hay “cotos del saber” y de ahí la relevancia del plagio académico.

Este sistema es absolutamente contradictorio: por una parte te estimula, porque esa es la palabra, a formar parte de cuerpos académicos, pero por la otra te evalúa individualmente. La “productividad” es exclusivamente personal y si no ¿cómo juntas tus puntitos?

Todos los males que aquejan a nuestra universidad no desaparecerán hasta que no instauremos otro sistema que acabe con el control absoluto de las burocracias universitarias y devuelva a su magisterio la dignidad que le han arrebatado.

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