La Ley para las Escuelas del Estado de Artes y Oficios para Mujeres, publicada en 1940, es discriminatoria y misógina, pues su objetivo es capacitarlas para el desempeño de actividades del hogar, por lo que en el Congreso buscan tirarla.
La diputada local del PRI, Rocío García Olmedo, presentó ante el pleno la iniciativa para abrogar dicha legislación, que, de aprobarse, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).
En documento, explica que, desde hace 79 años, el ordenamiento jurídico se encuentra vigente y no ha sufrido alguna reforma, pese a que sólo reafirma estereotipos de género perjudiciales para el desarrollo de las mujeres en los ámbitos de educación y capacitación.
Lo anterior porque la ley vela por la capacitación de las mujeres para realizar actividades como corte y confección, bordado, cocina y repostería, peluquería, peinados y manicure, juguetería y flores artificiales.
Sin embargo, en 1974, el Congreso de la Unión hizo una reforma al artículo 4 Constitucional en el que incorporó explícitamente la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, mientras que en el quinto se especifica que todas las personas pueden elegir la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode.
Por ello, de mantener en vigencia la ley para escuelas y oficios para mujeres de Puebla implica discriminación y misoginia, pues sólo reafirma estereotipos de género perjudiciales, ya que fue, en su momento, eficaz, “pero obsoleta para nuestro presente”.
Además, al realizar una búsqueda en el catálogo estatal de Puebla de centros escolares de la Secretaría Educación Puebla (SEP) se ha corroborado que, en Puebla no hay alguna escuela de oficios para mujeres que se rija bajo la ley.
Además, argumenta, en el artículo 18 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Puebla señala que el estado garantizará la erradicación de violencia en la comunidad por medio del impulso de la educación libre de estereotipos, evitando los privilegios de sexos.
Prohibir amenazar vía telefónica
Por otro lado, la diputada Mónica Lara Chavez presentó la iniciativa de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 26 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sobre las órdenes de protección.
Argumenta que, a pesar de que una víctima cuenta con orden de protección de emergencia, sigue siendo molestada e intimidada por el agresor, a través de llamadas telefónicas, incluso valiéndose de otro tipo de medios como internet a través de las redes sociales o mensajería instantánea, siendo hoy en día el medio de comunicación más utilizado; incluso llega al grado de hacerlo a través de terceras personas.
Por lo anterior, pide que se establezca la prohibición que el presunto generador de violencia moleste a la víctima, o cualquier integrante de su familia, en su lugar de trabajo, de estudio o domicilio, incluidos la vía telefónica, cualquier otro medio electrónico de comunicación o tecnologías.
Ambas iniciativas se enviaron a comisiones, donde se revisará y será votada para determinar si pasará al pleno, donde los diputados tendrá la última palabra.