Para solicitar la revocación de mandato del gobernador, se necesita que lo haga al menos el 10 por ciento de la lista nominal, es decir 452 mil 450 electores, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo sexenal.
La petición también deberá salir de la mitad más uno de los municipios de entidad, lo que corresponde a 109 demarcaciones de Puebla, señala el sexto transitorio de los artículos a la Constitución federal que envió la Cámara de Diputados y remitió a su homólogo estatal para su aprobación.
La minuta de decreto también menciona que podrá llevarse a cabo en una sola ocasión durante el periodo para el que fue elegido el gobernador en turno, mediante votación libre y secreta.
Procederá con mayoría absoluta
Se harán efectiva cuando la participación corresponda, como mínimo, al 40 por ciento de la lista nominal que es de 4 millones 524 mil 508 electores y la votación sea por mayoría absoluta.
La jornada de votación se efectuará en fecha posterior y, que no coincida con procesos electorales o de participación ciudadana locales o federales, mientras que, quien asuma el mandato del Ejecutivo revocado, concluirá el periodo constitucional.
La minuta de proyecto de decreto para reformar la Constitución federal fue tunada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso de Puebla, para que sea analizada.
Para que dichas reformas sean promulgadas, es necesario que 17 Legislativos le den el visto bueno; hasta este 10 de noviembre, seis hicieron lo propio: Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Sinaloa, Chiapas y Colima, mientras que se prevé que San Luis Potosí y Tlaxcala den el sí este lunes.