En 2017, SFA recaudó 61.3 mdp por fotomultas
Piden fotomultas en China Poblana y Calzada Ignacio Zaragoza: Banck. Foto: EsImagen
SCJN revisaría constitucionalidad de fotomultas en CDMX. Foto: EsImagen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió una solicitud para resolver un amparo en contra de los artículos del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que rigen las fotomultas, ya que violarían el derecho a audiencia señalado en el 14 constitucional.

En la petición, realizada por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, en la capital del país, se alega que los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 de dicho reglamento están en contra de la Constitución federal, puesto que no garantizan el derecho de audiencia o defensa, previo a cualquier tipo de acto privativo de la vida, libertad, propiedad, posesiones o derechos.

Tras la recepción del expediente, el ministro José Fernando Franco González Salas deberá analizar si el amparo en revisión reúne los requisitos de importancia y relevancia requeridos para acreditar la intervención del máximo tribunal. Posteriormente, los ministros de la Segunda Sala resolverán si toman el caso.

Lo anterior ocurre luego de que, el 14 de diciembre de 2016, el juez Fernando Silva, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, estimara que un video no debe generar automáticamente un acto de privación en perjuicio de alguna persona, pues es un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio para determinar si se debe o no imponer una sanción.

“Si consideran procedente aplicar dichos artículos del reglamento de tránsito, deben observar y respetar los postulados de audiencia previa previstos por el artículo 14 constitucional”, reiteró.

Fuentes: El Financiero

Editado por Luis Alberto Palacios

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