La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este lunes la constitucionalidad que permite a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) realizar el bloqueo de cuentas bancarias sin una orden judicial previa, en caso de encontrar indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
La resolución deriva de la acción de inconstitucionalidad 58/2022, publicada el 11 de marzo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual fue promovida por senadores de oposición.
De este modo, la SCJN argumentó que la resolución permitía a la Secretaría de Hacienda ordenar el bloqueo de cuentas y obligaba a los ciudadanos demostrar la legalidad de sus recursos. Además de que se vulneraba el derecho a una audiencia previa y la presunción de inocencia.
Ante ello, la Corte validó el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito. Así, se ofrece la posibilidad de ofrecer pruebas y garantiza los siguientes derechos:
- A defenderse mediante una audiencia. En este punto, el usuario tendrá cinco días hábiles para solicitar a la UIF una audiencia, mientras que la autoridad tendrá un plazo de 10 días para otorgarla.
- En ella, el ciudadano tendrá la posibilidad de ofrecer pruebas y de saber por qué se bloqueó su cuenta, explicó la SCJN.
- Por último, la UIF deberá determinar en un máximo de 15 días hábiles si la persona permanece o no en la lista de bloqueados. Asimismo, tendrá que explicar los motivos de la resolución.
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No obstante, la SCJN señaló que el bloqueo de cuentas no es un “castigo penal”, sino una medida preventiva ante el lavado de dinero.
En virtud de ello, no se declara culpable a la persona cuya cuenta haya sido bloqueada, tampoco sustituye las labores del Ministerio Público. Únicamente, la resolución permitirá actuar a tiempo ante usuarios con sospecha de transacciones irregulares.
Aunque la UIF puede actuar sin una orden judicial, la SCJN afirmó que no puede ralizar el bloqueo de cuentas de manera arbitraria.
Es de mencionar que la propuesta fue presentada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf. Sin embargo, los ministros Giovanni Figueroa, Arístides Guerrero y Yasmín Esquivel votaron en contra, mientras que la mayoría emitió su voto a favor.





