Tepjf desecha juicio de Ricardo Gali contra candidatura de Eduardo Rivera
Tepjf desecha juicio de Ricardo Gali contra candidatura de Eduardo Rivera. Foto: Especial
Tepjf desecha juicio de Ricardo Gali contra candidatura de Eduardo Rivera
Tepjf desecha juicio de Ricardo Gali contra candidatura de Eduardo Rivera. Foto: Especial

La Sala Regional de la Ciudad de México del Tepjf desechó la impugnación de Ricardo Gali Saucillo que buscaba echar abajo la candidatura de Eduardo Rivera Pérez a la alcaldía de Puebla con el PAN, pues señaló que el partido y el TEEP ya han emitido resoluciones. 

Esto, al resolver el recurso SCM-JDC-835/2021 tramitado el pasado 18 de abril ante dicha sala, derivado de la respuesta que dio el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN) al hijo del exgobernador Antonio Gali Fayad para justificar por qué se designó a Rivera Pérez como el abanderado.

Tal respuesta fue ordenada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que el pasado 8 de abril dio un plazo de tres días a la Comisión de Justicia del PAN para atender la queja de Gali Saucillo, pues señaló que había incumplido en atenderla antes del registro ante la autoridad electoral.

A su vez, el TEEP actuó por instrucción de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), que revocó las providencias en las que se avalaron los perfiles del PAN en Puebla, es decir, las designaciones de candidatos. 

Asunto ya se había resuelto, señalan 

En este sentido, los magistrados del Tepjf coincidieron este viernes en que, con la revocación, se dio un cambio de situación jurídica que dejó sin materia la impugnación.

Recordaron que Gali Saucillo interpuso el recurso para controvertir las determinaciones que se emitieron en las instancias partidistas y jurisdiccional local, es decir el PAN y el TEEP, mismas que ya habían sido agotadas previamente. 

“La ponencia estima que al haber sobrevenido un cambio de situación jurídica derivado de que esta sala regional determinó revocar la debida providencia 296, ello implica que el presente juicio quede sin materia, toda vez que con la revocación de las providencias se genera una nueva situación jurídica por lo que se propone el sobreseimiento”, asentaron.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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