La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de las Leyes de Ingresos de 15 municipios de Puebla, que establecía el pago de una contribución para cubrir el servicio del alumbrado público y que fueron avaladas por el Congreso local.
El máximo tribunal del país dio la razón a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual demandó la invalidez del artículo 21 de las leyes de ingresos de 2020 de Xichiltepec, Xochitlán de Vicente Suárez, Xochitlán Todos Santos, Yaonáhuac, Yehualtepec, Zacapala, Zapotitlán, Zapotitlán de Méndez, Zaragoza, Zautla, Zihuateutla, Zinacatepec, Zongozotla, Zoquiapan y Zoquitlán.
En la acción de inconstitucionalidad 97/2020, la SCJN determinó que, al configurar un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, estas disposiciones violaban la competencia exclusiva del Congreso de la Unión establecida en el artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución general.
Las leyes de ingresos fueron avaladas por el Legislativo local y publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE) el 30 de diciembre de 2019.
Este es el segundo revés que la Corte da al Congreso, pues el 9 de septiembre, suspendió de momento la desaparición de Cabildo de Tehuacán que los diputados buscaban.