El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) determinó dejar sin efectos una sanción impuesta por TEEP al alcalde de Tehuacán, Alejandro Barroso Chávez, que ordenaba su inscripción en el catálogo de personas sancionadas por incumplir una sentencia dictada en el año 2025.
La Sala Regional Ciudad de México también resolvió que la multa de 7 mil 900 pesos impuesta por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sí deberá ser cubierta por el presidente municipal.
El Tepjf, tras acumular los expedientes: SCM-JG-7/2026 y SCM-JDC-24/2026, revocó parcialmente el acuerdo impugnado del último. Es decir, el Tepjf calificó como infundados los agravios del juicio JG-7/2026 que promovió el alcalde de Tehuacán, relacionados con la multa.
No obstante, el tribunal calificó como fundado el agravio relativo a que el TEEP incurrió en un exceso al ordenar la inscripción del presidente municipal en el Catálogo de Sujetos Sancionados. De acuerdo con el Tepjf, esa medida resultó desproporcionada.
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Asimismo, el Tribunal Electoral no actualizó los parámetros establecidos por el TEEP, en cuanto a infracciones sustantivas con incidencia en la equidad de la contienda, la integridad del proceso electoral, ni elementos propios de la violencia política contra las mujeres por razón de género.
Cabe recordar que la sanción impuesta por el TEEP resultó del incumplimiento de una resolución dictada el 21 de febrero de 2025. El tribunal local declaró fundado el agravio presentado por Araceli Ramírez Sánchez, regidora de la junta auxiliar de Santa María Coapan. La funcionaria en su momento exigió el pago de 138 mil pesos por remuneraciones adeudadas.
La sanción económica equivale a 70 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2025, año en el que se cometió el agravio.
El TEEP determinó que Alejandro Barroso tenía 15 días para pagar a la regidora lo adeudado. Hasta el momento, se desconoce si ya se realizó este pago a la funcionaria.



