El juez Jorge Arroyo Martínez negó la suspensión definitiva al proyecto del cablebús en Puebla que solicitaron colectivos mediante un amparo. El argumento fue que la obra aún se encuentra en fase de planeación, por lo que las posibles afectaciones no pueden establecerse en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA), ya que apenas es un proyecto.
El pasado 30 de marzo se celebró la audiencia del juicio de amparo indirecto 362/2026-V, correspondiente al Séptimo Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo, así como de Juicios Federales en el estado de Puebla.
La audiencia tuvo lugar una semana después de que el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Circuito resolviera un recurso de queja (número 133/2026) en el que se concedió la suspensión provisional para cualquier intervención en zonas verdes.
En dicha resolución, el tribunal señaló que resultaba parcialmente fundado el argumento de los quejosos sobre las posibles afectaciones a las áreas verdes por donde pasaría el cablebús; no obstante, fue nuevamente el juez Jorge Arroyo Martínez quien negó la suspensión definitiva.
La Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial (Smadsot) del gobierno de Puebla es una de las autoridades señaladas en el amparo por no haber hecho público el Manifiesto de Impacto Ambiental.
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Al respecto, el director general de Asuntos Jurídicos del estado de Puebla, Jonathan Ávalos Meléndez respondió que la publicación de dicha resolución de impacto ambiental requiere, como primera instancia, que esta haya sido emitida, lo cual aún no se ha materializado.
Por ello, calificó como inexacta, infundada e inoperante la queja de la parte actora en torno a la falta de publicación, ya que, en rigor, aún no existe un manifiesto de impacto ambiental.
Tambipen señalaron que, por el momento, el cablebús es solo un proyecto, por lo que aún no se encuentra en etapa de ejecución, y aseguraron que la parte quejosa está percibiendo la situación de manera incorrecta.
Asimismo, afirmaron que las labores de remoción, trasplante, reubicación, poda y demás acciones realizadas en árboles de la ciudad de Puebla no se efectuaron en el marco del proyecto del cablebús, por lo que negaron la existencia de los actos reclamados por quienes solicitaron el amparo.
Resolución del juez
Con base en las respuestas del jurídico estatal, el juez Jorge Arroyo Martínez determinó que los argumentos de la parte quejosa quedaban desvirtuados, por lo que negó la suspensión definitiva solicitada.
El colectivo Hermanos Serdán, vecinos de Prados de Agua Azul y Huexotitla, Gabriel Pastor, así como La Voz de los Desaparecidos y la Asamblea Social del Agua (ASA), reiteraron que no se oponen al proyecto del cablebús, sino que demandan tomarles en cuenta como ciudadanos y vecinos en el proceso.





