Tomas Zerón, extitular de la Agencia de Investigación Criminal e involucrado en la desaparición de los 43 normalistas, trató de ampararse luego de que existiera una orden de aprehensión en su contra mismo que la SCJN rechazó analizar, pues compete a juez materia penal.
El acuerdo fue firmado el 13 de junio por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, presidenta de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y publicado en las listas judiciales. En él, se instruye devolver el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, para que continúe el análisis del caso de amparo tramitado por Zerón.
Aunque el tribunal colegiado había solicitado desde agosto de 2023 que la Corte reasumiera competencia, por tratarse de un asunto con implicaciones constitucionales —la impugnación del artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP)—, la SCJN decidió no atraer el caso. Las razones de esta determinación no fueron dadas a conocer.
Actualmente prófugo en Israel, Tomás Zerón promovió el amparo en revisión 48/2023 para impugnar la orden de aprehensión emitida en su contra el 23 de abril de 2021, con base en el artículo mencionado. La orden judicial fue girada por delitos de desaparición forzada, coalición de servidores públicos y tortura, presuntamente cometidos contra Felipe Rodríguez Salgado, integrante de Guerreros Unidos implicado en el caso Ayotzinapa.
Zerón sostiene que la Fiscalía General de la República (FGR) no le permitió ejercer su derecho de defensa, al no citarlo previamente. Además, asegura que no hay pruebas suficientes que sustenten la acusación de tortura.
Sin elementos suficientes para que SCJN rechace analizar amparo de Tomás Zerón por caso de los 43
En su demanda, Zerón afirma que se violó su derecho a la seguridad jurídica y que la orden fue emitida sin pruebas objetivas. El Dictamen Psicológico Especializado en casos de tortura, argumenta, no concluye que las lesiones sufridas por Rodríguez hayan sido provocadas por agentes de la Policía Federal. También señala que las amenazas referidas en el expediente no bastan para configurar el delito.
La orden fue emitida por el juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna y confirmada por la jueza Luz María Ortega Tlapa.




