La Ley Silla entró en vigor a partir de este 17 de junio, por lo que, a partir de ahora, las empresas tienen hasta diciembre para garantizar que trabajadores no laboren de pie y tengan un asiento. Asimismo, tendrán que disponer en sus reglamentos un horario de comida y reposo.
El pasado 19 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las reformas a los artículos 132, 133, 422, 423 y adiciona una fracción XVII al artículo 133 de la Ley Federal de Trabajo, con el objetivo de mejorar las condiciones de trabajo de los mexicanos.
Y es que, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el país, un obrero de cualquier empresa labora de pie, en promedio, 93.58 días al año. Estamos hablando de dos mil 246 horas.
No sólo eso, según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi, hasta el primer trimestre de 2025, uno de cada 4 mexicanos trabaja más de 48 horas a la semana. Es decir, de la masa de 59 millones, 14 millones 374 mil 803 están en esta condición.
Ahora bien, la Ley también toca un punto importante que es el acceso a las prestaciones que tienen los trabajadores. En el país hay 41 millones cuatro mil 984 de empleados formales, de los cuales el 41.30 por ciento no cuentan con un contrato escrito, lo que los pone vulnerables antes una injusticia.
Por tanto, las empresas tienen hasta el dos de diciembre para garantizar lo aprobado por la Cámara de Diputado y el Senado de la República a finales de 2024
¿Qué beneficios trae para los trabajadores la Ley Silla?
Sin duda, con base a los datos expuestos, la Ley Silla traerá beneficios para que los trabajadores tengan menos desgaste durante su jornada. Las empresas tienen hasta el 2 de diciembre para cumplir con lo siguiente:
Obligaciones de las personas empleadoras
- Se modifica la fracción V para establecer la obligación de:
- Proveer suficientes asientos o sillas con respaldo para todas las personas trabajadoras en:
- Sectores de servicios
- Comercio
- Centros de trabajo análogos
- Los asientos deben:
- Estar disponibles para ejecución de funciones o para descansos periódicos durante la jornada.
- En descansos, ubicarse en áreas específicas designadas dentro del lugar de trabajo.
- En establecimientos industriales, esta disposición aplicará cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
- Proveer suficientes asientos o sillas con respaldo para todas las personas trabajadoras en:
Prohibiciones a empleadores y representantes
- Se reforma el primer párrafo y se añade una nueva fracción:
- Fracción XVII Bis (nueva):
- Se prohíbe obligar a trabajar de pie durante toda la jornada.
- También se prohíbe impedir que el trabajador tome asiento periódicamente.
- Fracción XVII Bis (nueva):
Artículo 422 – Definición
- Se reforma para precisar que el reglamento interior de trabajo contiene disposiciones obligatorias para personas trabajadoras y empleadoras en el desarrollo de sus actividades.
Contenido del reglamento interior de trabajo
Con la Ley Silla se modifican varias fracciones para incluir nuevos derechos para los trabajadores:
Contenido del reglamento interior de trabajo (artículo 423):
- Fracción I:
- Debe señalar:
- Horarios de entrada y salida
- Tiempos para comida
- Períodos obligatorios de reposo
- Debe señalar:
- Fracción V (modificada):
- Incluir normas sobre el derecho a usar asientos o sillas con respaldo, conforme al artículo 132, fracción V.
- Fracción VIII (modificada):
- Especifica el tiempo y forma de:
- Exámenes médicos previos y periódicos
- Medidas profilácticas dictadas por autoridades
- Especifica el tiempo y forma de:
- Fracción X (modificada):
- Define reglas para aplicar medidas disciplinarias:
- La suspensión laboral no debe exceder de 8 días
- La persona trabajadora tiene derecho a ser escuchada antes de que se aplique la sanción
- Define reglas para aplicar medidas disciplinarias:
Ahora bien, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene 30 días naturales para emitir las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo, a partir de la entrada en vigor, Es decir, el plazo máximo es hasta el 17 de julio.





