Las empresas de seguridad privada de Puebla tendrán que aplicar a sus empleados pruebas de control y confianza. Ello permitirá contar con personal calificado para ejercer sus funciones.
Lo anterior, luego de que el Congreso del Estado de Puebla aprobara en los próximos días una reforma a la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla. Se trata de la modificación a los artículos 27 fracción VII, apartado B; así como la fracción VIII bis del artículo 30 y se adiciona un último párrafo al artículo 38; además de que se deroga el artículo 39 bis.
El proyecto fue aprobado por unanimidad este martes en la Comisión de Seguridad Pública del Congreso del Estado. Es importante mencionar que esta reforma fue presentada por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina, por medio de Gobernación estatal.
Empresas de seguridad privada en Puebla: ¿qué pasa sino aplican las pruebas?
El documento que se estaría aprobando en sesión ordinaria del próximo jueves también establece que existirán tres tipos de sanciones hacia las empresas de seguridad privada en Puebla que no cumplan.
- Amonestación pública, con difusión en la página de internet de la Secretaría de Seguridad Pública.
- En caso de reincidencia se aplicará una multa de quinientas hasta cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- En el supuesto de cometerse una segunda reincidencia se sancionará con la revocación de la autorización, revalidación o modificación otorgadas.
Artículo 39 Bis
Cabe señalar que esta reforma va en sintonía con la reforma para reducir la hora de cierre de bares. Esta se aprobó el pasado 27 de junio.
En ella establece que las empresas de seguridad privada en Puebla que brinden servicio a bares y antros, tendrán que estar autorizadas por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
Esta última reforma también obliga a los establecimientos a contar con cámaras de seguridad en circuito cerrado. Además, de otorgar las grabaciones cuando la autoridad las solicite.





