Los últimos hechos violentos en el país muestran las tácticas terroristas de los delincuentes.

En este espacio hemos comentado algunas nociones sobre el terrorismo:

Por el hecho.– Violencia premeditada contra objetivos no combatientes, ejecutada por agentes clandestinos o no, con el propósito de generar terror e influir en una audiencia para obtener determinados fines.

Por el grupo.– Terrorismo con motivaciones ideológicas que incluye causas religiosas; terrorismo delictivo ejecutado por grupos con motivos delincuenciales; de Estado cuando son los agentes estatales los que ejecutan los actos violentos y; terrorismo psicológico cuando una persona por razones de disfuncionalidad mental comente un acto que genera terror.

Recientemente personal de la Fiscalía de Jalisco y de la policía sufrieron un ataque con siete explosivos en Tlajomulco, municipio de Jalisco, después de arriesgarse por un camino de tierra para analizar un reporte sobre una fosa clandestina.

Los fallecidos eran trabajadores de la Fiscalía, de la policía municipal y civiles, además de diversos heridos, esto sucede después de que en junio las autoridades desplegaron un operativo especial para contener la violencia en el municipio, que acumula el mayor número de fosas clandestinas encontradas. Anteriormente, se supo de la explosión de un carro bomba en Guanajuato que mató a elementos de la Guardia Nacional.

Cualquiera de las dos nociones anteriores permite ubicar los hechos descritos como acciones de corte terrorista. Con la primera definición es de esperarse que las indagaciones o mensajes posteriores puedan dar a conocer los fines del acto de terror. Con la segunda, una línea de investigación podría indagar si los hechos de Jalisco y Guanajuato se considerarían terrorismo delictivo. ¿Ustedes que opinan?

Algunos datos oficiales nos indican que entre diciembre de 2018 y febrero de 2022 hubo 288 ataques, un incremento de 223 por ciento respecto del sexenio anterior, en las agresiones se usaron mil 342 artefactos explosivos.

Este tema es un asunto de Estado pues la Ley de Seguridad Nacional nos dice: “Artículo 5.- Para los efectos de la presente Ley, son amenazas a la Seguridad Nacional: I. Actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, en contra de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio nacional”.

Umberto Eco expresó: “El fin del terrorismo no es solamente matar ciegamente, sino lanzar un mensaje para desestabilizar al enemigo”.

*Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la línea editorial del portal de noticias Ángulo 7.

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Sociólogo y Maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y en gobiernos locales en áreas de gobierno y seguridad. Ha sido profesor en la Universidad de las Américas y del...