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Mediante el “Boletín SEP no 203” publicado el 25 de agosto, la Secretaría de Educación Pública rechazaría “señalamientos desinformados sobre contenidos del Plan de Estudio para Educación Básica” y, al mismo tiempo, invitaría a los internautas que visitan su sitio, a la lectura de los nuevos planes y programas de estudio de educación preescolar, primaria y secundaria (https://www.gob.mx/sep?tab=Plan%20de%20estudio), publicados en el Diario Oficial de la Federación el martes 19 de agosto (Acuerdo número 14/08/22) por el que se establecería el Plan de Estudios para la educación preescolar, primaria y secundaria, disponible para consulta en la página shorturl.at/QUY19, que remitiría a un anexo técnico -no editable- ubicado en el sitio https://www.dof.gob.mx/2022/SEP/ANEXO_DEL_ACUERDO_14_08_22.pdf, que constaría de 214 páginas y de las que 73 corresponderían a notas, Gracia.   

En la publicación oficial citada se reiterarían algunas de las intenciones que acompañarían a la nueva propuesta pedagógica, destacando por su propio peso y sin malas intenciones ocultas; el anuncio de un proyecto que cambiaría el rumbo de un “modelo que reprodujo la desigualdad […] para pasar de una educación individualista y de competencias a una humanista, de respeto a los derechos y a la dignidad de las personas”. El boletín concluiría con un: “Tenemos estrategia y rumbo claro hacia dónde queremos avanzar; por lo tanto, rechazamos la campaña de desinformación que se ha generado en los últimos días sin siquiera haber iniciado el curso“. Si bien la intervención de Delfina Gómez Álvarez continuaría el discurso alargado dictado a las y los miembros del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU).  

En el Considerando de un acuerdo firmado el 16 de agosto y publicado 3 días después, la titular del despacho educativo aludiría por un lado a la gran “composición pluricultural” que caracterizaría a la nación mexicana, lo mismo que a la descripción de sus obligaciones y de sus atribuciones; entre ellas; la de ser poseedora de la rectoría en materia educativa y, en consecuencia, ser quien tendría la reserva de los planes y programas aplicables en toda la república aunque, para su elaboración, tomaría en consideración -como se señala en el texto- “a otros actores” involucrados. Los planes y programas “tendrán […] perspectiva de género y una orientación integral”. Refiriéndose al artículo 4 de la Constitución, reiteraría otra tarea del Estado: “velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos […]”. Aludiendo a ese principio aplicables a todas las personas, señalaría que  “el Estado, a través de la Nueva Escuela Mexicana, buscará la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación,” y sin esconder un propósito aprobado en la Nueva Ley General de Educación, se propondría darle un nuevo rumbo al Sistema Educativo Nacional e “incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad […]”; refiriéndose al Artículo 29 de la LGE. Insistiría al citar -nuevamente- a la LGE en la correspondencia en la determinación de planes y programas de educación básica, “de manera exclusiva”, a la autoridad educativa federal con la consideración mencionada y señalaría que el Artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, reconoce el derecho a una educación de calidad aludiendo a los principios establecidos en la normatividad, propia del sector educativo, y lo mismo que garantizaría “que la población indígena tenga acceso a la educación obligatoria, bilingüe e intercultural“, etc.

El considerando aludiría -adicionalmente- al Plan Nacional de Desarrollo, al Programa Sectorial de Educación y, al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública que establecería como “facultad indelegable” de quien ocupe la titularidad de la oficina educativa; la de “establecer planes y programas de estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria, así como ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación;”. Resaltaría la participación social “para direccionar la visión desde la cual se debe entender el sentido del cambio curricular” expresada -según el texto- a través de diversos elementos técnicos “con el propósito de avanzar hacia un determinado horizonte de Nación”.  

La cuestión -que daría tema para otra carta Gracia- tendría un referente unipersonal. Además, en el fundamento del Acuerdo, los siguientes párrafos se destinarían a la justificación del redireccionamiento de las políticas públicas que incluirían el cambio curricular “con el propósito de avanzar hacia un determinado horizonte de nación” y a puntualizar, la “visión instrumental” de las anteriores lo mismo que el papel asignado a las y los docentes -como personal técnico- que han provocado “exclusión e inequidad“.

Delfina, la extitular firmante del documento, iniciaría un siguiente parágrafo justificando la reforma del marco jurídico del sector educativo que permitiría lograr “la transformación que demanda el Sistema Educativo Nacional” y que se plasmaría en una nueva propuesta pedagógica, modificando lo que se enseñaría y como se haría, incluido el papel asignado al magisterio nacional, al que se le otorgaría la autonomía profesional […] para contextualizar los contenidos del currículo nacional de acuerdo con las necesidades formativas de las y los estudiantes”, bajo el principio de la comunidad al centro, la relación de la escuela con la sociedad y, finalmente, el respeto al derecho humano a la educación que tienen “las y los estudiantes“.

La sin razón de los críticos a una nueva propuesta pedagógica, coincidente con la que externarían maestras y maestros que participarían en la primera sesión del Consejo Técnico Escolar, estarían vinculados al gran desorden con el que les son planteados los fundamentos del cambio -“es un despapaye originado por quienes desempeñan las jefaturas de nivel […] nadie sabe qué hacer ni en que se capacitaría a los trabajadores de la educación”, tendría un referente en el Acuerdo y su anexo técnico, que las y los interesados podrían consultar en las direcciones web previamente citadas; sin embargo, los señalamientos al cambio de rumbo y de paradigma lo mismo que la conclusión de los malos modos con él que los mandos medios y superiores de la estructura educativa tratan a las y los docentes, tendría visos de ser una conducta permanente que ignoraría la nueva doctrina y sus considerando, Gracia.

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