*Por: Dra. Valentina Campos Cabral y Dr. Rafael G. Rodríguez Moreno

En el 2010, la ONU, estableció el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos en su resolución A/RES/64/292. En este contexto, México la aceptó comprometiéndose a incorporarla en su Constitución Política, lo que ocurrió en el 2012. Al realizar lo anterior se obligó a que, en un plazo de un año, el Congreso de la Unión emitiera una Ley General de Agua que regulara y estableciera las condiciones para garantizar este derecho a toda la población mexicana, acotara las diversas facultades para las tres esferas de gobierno y regulara la relación con la Iniciativa Privada.

De esto han pasado ¡10 años! Esta omisión fue demandada por el municipio de Cusihuiriachi, Chihuahua, por lo que la Suprema Corte ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General de Aguas durante su próximo periodo ordinario de sesiones, es decir, tiene hasta el 15 de diciembre para aprobar dicha ley.

En el transcurso de este tiempo, diferentes sectores han presentado sus propuestas:

1.     LXII Legislatura: Ley Korenfeld, rechazada por la movilización de la sociedad civil dado que anteponía al derecho humano elementos de corte económico; se basaba en una mayor centralización de la gestión con estructuras dispersas que responderían a mandatos federales y con organismos locales que se concesionarían a la Iniciativa Privada.

2.     LXVI Legislatura: Ley Pichardo. Esta iniciativa tampoco prosperó ante la crítica social, pues promovía la privatización de los sistemas de agua en las ciudades, eliminando importantes responsabilidades a la autoridad. En el 2018 se deshecha, ante la oposición decidida por la Coordinadora Nacional Agua para Todos, Agua para la vida.

3.     Iniciativa ciudadana. AGUA PARA TODOS. Se observa al agua como bien común de la nación y propone garantizar su acceso equitativo y sustentable. Plantea un modelo de gestión radicalmente diferente a la elaborada por la autoridad federal y al modelo actual de gestión. Es una respuesta a los nuevos escenarios de consideración del agua como derecho humano: garantizar el agua a la población actual y próximas, así como participación ciudadana.

Esta propuesta asume de manera crítica que la Ley de Aguas Nacionales considere a la Comisión Nacional del Agua como autoridad única, sin vigilancia, contrapesos y que sea posible destinar el agua a grandes corporativos, a Ia Iniciativa Privada, en virtud de que promueve escenarios de inequidad.

La iniciativa tiene los siguientes objetivos:

  • Buen gobierno del agua
  • Contraloría social, ciudadana, autoorganizada
  • Defensoría del agua y ambiente, contra abusos

Entre sus principales aportaciones están: reconocer al agua como Bien común, no permitir mega obras; promover la gestión hídrica sustentable y la participación en Consejos de aguas y cuencas vinculados con universidades y centros de investigación; la transparencia de la información; la creación de un sistema de información hidrológico; funcionamiento a partir de presupuesto público; creación de una defensoría y un Fondo Nacional por el derecho al agua y saneamiento con fondos federales para comunidades sin servicios y el impulso de dictámenes socio-hídricos-ambientales.

 Una propuesta de tal calado es importante porque (https://aguaparatodos.org.mx/):

  1. Reemplaza la autoridad única de la Conagua, con consejos de aguas y cuencas, compuestos por ciudadanos y pueblos representantes de sistemas de manejo que tengan un enfoque de derechos humanos.
  2. Reconoce los derechos de los pueblos indígenas a las aguas en sus territorios.
  3. Avanzar hacia el acceso equitativo y sustentable al agua exigido por la Constitución, reduciendo progresivamente los volúmenes utilizados por los principales concesionarios de cada cuenca y región.
  4. Incorpora los dictámenes sociohídricos, que serán elaborados por los consejos, como condición previa a la autorización de cualquier obra o actividad que requeriría de una manifestación de impacto ambiental, a fin de demostrar que no pondría en riesgo el derecho al agua de los habitantes.
  5. Prohibe el uso del agua para la minería tóxica y el fracking.
  6. Toma de acciones cuenca por cuenca necesarias para poner fin a la contaminación; entre ellas: reciclaje, descarga cero de vertidos tóxicos y producción agrícola solo con sustancias biodegradables
  7. Acceso equitativo en las ciudades, prioritariamente para uso personal, doméstico y los servicios públicos.
  8. Programa recursos públicos solo para obras, principalmente locales consensuadas previamente.
  9. Elimina el lucro y la intervención privada en la gestión del agua.
  10. Incluye un área jurídica en el Consejo Nacional de Aguas y Cuencas, a fin de tomar acciones contra los grandes contaminadores.
  11. Garantizar que la Contraloría Social del Agua y la Defensoría del Agua y Ambiente también tengan la capacidad de tomar acciones también contra funcionarios cuyas acciones u omisiones resulten en violaciones a los derechos al agua.
  12. Dictamina como cuencas bajo extremo estrés hídrico a aquellas que estén sobreexplotadas, presenten inundaciones crónicas, contaminación, cuyas poblaciones no tengan acceso continuo. Esta clasificación implica que no se autoricen grandes proyectos de urbanización en esas cuencas en tanto no se resuelva su crisis hídrica.
  13. Incrementa el presupuesto para la gestión hídrica y destinarlo principalmente a obras locales de agua y saneamiento consensuadas previamente.

En este contexto, refrendada la obligatoriedad de la emisión de la Ley General de Aguas por parte del Legislativo, dada la conflictividad que este bien común genera, es prioritario que las y los legisladores sean sensibles a la voz de la ciudadanía organizada que ha recuperado la perspectiva, resistencia y movilización de comunidades y localidades, marginadas de su acceso.

*Valentina Campos Cabral: Doctora en Estrategias para el Desarrollo Agrícola Regional por el Colegio de Postgraduados. Su investigación doctoral lleva por título La acción colectiva por la defensa del Agua en la Magdalena Axocopan, Atlixco, Puebla. Maestra en Estrategias para el Desarrollo Agrícola Regional por el Colegio de Postgraduados y Licenciada en Biología por la BUAP. Actualmente se desempeña como directora del Instituto de Investigaciones en Medio Ambiente Xabier Gorostiaga, SJ (IIMA) de la Ibero Puebla. Forma parte del Núcleo Académico Básico de la Maestría en Comunicación y Cambio Social, así como de la Maestría en Hábitat y Equidad Socioterritorial. Colabora con la Licenciatura en Ciencias Ambientales. Postdoctora por la UNAM en el Centro de Investigaciones en Ecosistemas, con las investigaciones: Seguridad Hídrica y Movimientos Socioterritoriales campesinos en el Estado de México. Lucha por un Desarrollo Autogestivo Sustentable (año 1); y Territorio, acción colectiva y conflictos por el agua: el caso de los pueblos afectados por el sistema Cutzamala en los estados de México y Guerrero (año 2). Postdoctora por la BUAP en el Instituto de Gobierno y Desarrollo Estratégico, con la investigación Conflictos y movimientos socioambientales ante megaproyectos (mineros, energéticos y viales) en zonas rurales del estado de Puebla (año 3).

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