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TEEP resolverá 20 quejas contra reglamento de reelección del IEE. Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) resolverá 20 quejas contra el reglamento de reelección del Instituto Electoral del Estado (IEE) que estipula que alcaldes, diputados y regidores que busquen repetir pidan licencia a su cargo 120 días antes de las elecciones. 

Lo anterior, luego de que los interesados presentaron los recursos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), pero estos fueron reencausados debido a que no acudieron primero a instancias locales.

Las quejas son porque el reglamento para quienes buscan la reelección especifica que deberán separarse del cargo 120 días antes de las elecciones del de 6 junio de 2021, es decir, el 6 de febrero de 2021, para estar en igualdad con aquellas personas que se postularán por primera vez.

De quienes interpusieron quejas, 13 son alcaldes: Judith Fernández Gutiérrez, de Aquixtla, quien interpuso dos recursos; María de Lourdes Carrera Carrera, de Cañada Morelos; Filadelfo Vergara Tapia, de Petlancingo; Cecilia Hernández Orduña, de Ahuatlán; Pablo Galindo Hernández, de Chichiquila; Juan Luna Luna, de Atexcal; José Ángel González Carpinteyro, de Huehuetlán; Arturo Cruz García, de Chinantla; Aubdón Calderón Jiménez, de Tenampulco; Eusebio de Gante Rodríguez, de Hueytamalco; Carlos Herrera González, de Atempan; Josué Osvaldo Guzmán Sánchez, de Tlacuilotepec; y Vidal Roa Benítez, presidente municipal de Tlahuapan.

Por su parte, los regidores inconformes con el reglamento del IEE son: María Isabel Cortes Santiago, del ayuntamiento de Puebla; María Cristina López Márquez, de Cuetzalan; Beatriz Pérez Fragoso, de San Pedro Cholula; así como Sergio Quiroz Corona, de San Andrés Cholula.

Diputado del PAN también impugna

El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Oswaldo Jiménez López, es otro de los que interpusieron recursos, al igual que el síndico de Puebla capital, Gonzalo Castillo Pérez.

Cabe mencionar que el reglamento de reelección señala que los diputados locales podrán ser electos hasta por cuatro periodos, mientras que los legisladores que hayan sido electos con el carácter de propietarios durante un periodo consecutivo, no podrán ser reelectos como suplentes.

Mientras que, para los integrantes de los ayuntamientos, se establece que la reelección se podrá realizar por un periodo adicional, así como que las regidurías propietarias o suplentes que hayan ejercido el cargo no podrán ser electas para el periodo inmediato como suplentes, pero estos sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios para el mismo cargo hasta por un período adicional. 

Además, el IEE contempla que no se considerará que ejercen su derecho a la reelección aquellas ciudadanas y ciudadanos que resultaron electos a una diputación, presidencia municipal, sindicatura o regiduría en calidad de suplentes, que no hayan entrado en funciones y que sean postulados en la elección a la que fueron electos.

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