INPI apoya a pueblos con alimentos e información en sus lenguas
Inauguran curso virtual sobre derechos de los pueblos indígenas. Foto: Facebook / INPImx
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INPI y senadores condenan que francesa plagie diseños indígenas. Foto: Facebook / INPImx

El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y los senadores Casimiro Méndez Ortiz y Susana Harp Iturribarría condenaron el plagio persistente de diseños indígenas purépechas por parte de la francesa Isabel Marant, quien los vende como propios.

De acuerdo con la denuncia pública de los senadores, la diseñadora copió, sin dar el debido crédito, los diseños artesanales utilizados por las comunidades de Charapan, Angahuan y Santa Clara del Cobre, estado de Michoacán, en sus vestimentas tradicionales (sarapes, gabanes, servilletas, fajas y otras prendas de uso cotidiano).

Al respecto el artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, establece que es un derecho de las comunidades mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales, además de que tienen derecho a desarrollar la propiedad intelectual sobre los mismos.

Del mismo modo, la Ley de Salvaguarda de los Conocimientos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, en diversos artículos del capítulo segundo de los Derechos Colectivos de Propiedad Intelectual, señala que sus conocimientos, cultura e identidad y las manifestaciones materiales e inmateriales que de estos deriven son inalienables, indivisibles e imprescriptibles.

Esta ley en el artículo 6 reconoce el derecho y la facultad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a decidir sobre el uso de sus conocimientos, cultura e identidad y las expresiones materiales e inmateriales asociadas a este patrimonio cultural, sin que medie procedimiento administrativo previo para efectos constitutivos.

Advierte el artículo 11 que cualquier persona que quiera hacer uso comercial o industrial de las manifestaciones culturales no disponibles públicamente, deberá contar con el consentimiento libre, previo e informado del pueblo o la comunidad titular.

Se deberá celebrar el contrato de licencia de uso que incluya los términos de la remuneración justa o el esquema de distribución de beneficios, respetar el derecho de atribución e inscribir el contrato, mismos que no se cubrieron por parte de la diseñadora Isabel Marant al plagiar los diseños purépechas.

Ante estos hechos, el INPI exhortó a la sociedad y de manera muy especial a las empresas, para que respeten las creaciones artísticas y culturales de los pueblos indígenas del país.

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