La política de seguridad en México presenta fronteras tenues y modalidades subrepticias.

Se dio a conocer la decisión de que las fuerzas armadas participen en tareas de seguridad pública como apoyo a la Guardia Nacional, mediante un Acuerdo del Poder Ejecutivo Federal en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de mayo.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593105&fecha=11/05/2020

¿Qué se puede comentar al respecto? Se podrían mencionar varios puntos que provocan debate:

Contexto delictivo.- La decisión de publicar el Acuerdo se toma cuando el incremento en el índice delictivo nacional es alto, en especial de homicidios dolosos y feminicidios, aunado a una falta de acciones efectivas de investigación y control de los diversos tipos de crimen organizado.

Forma política.- Públicamente aparece como una propuesta cuestionada por su contexto, forma y efectos prácticos: en el contexto político la coyuntura nacional tiene como hito la pandemia del COVID19 que atrae la atención de la opinión pública y deviene en poco interés para otros temas, por la forma en cuanto a discurso se presenta encontrado con otros del mismo emisor y, en los efectos prácticos, hay pocas evidencias actuales de efectividad en el control e investigación de los delitos del orden común.

Seguridad.- Las fuerzas armadas son responsables de la seguridad y defensa nacionales y auxiliares en la seguridad pública, mientras que a la Guardia Nacional, a las policías preventivas y a las de investigación les corresponde la seguridad pública (orden público expresado en la prevención y control de los delitos, faltas administrativas y vialidad) y en su caso serían auxiliares de la seguridad nacional.

Modalidad jurídica.- Si bien el Acuerdo coloca a las fuerzas armadas en un rol secundario, en la práctica nacional no actuarán como tal pues la función que desempeñarán es de capital importancia para el Estado y tiene impacto en la población, por lo que por técnica jurídica no puede nacer de la emisión de una disposición administrativa de un artículo transitorio (Artículo 5 transitorio constitucional).

Juan Domingo Perón expresó: “Soy un General pacifista, algo así como un león herbívoro.”

@EduardoGarci18
14 de mayo de 2020

*Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la línea editorial del portal de noticias Ángulo 7.

incendios forestales

Sociólogo y Maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y en gobiernos locales en áreas de gobierno y seguridad. Ha sido profesor en la Universidad de las Américas y del...