No se realizará nuevo plebiscito en Xochitepec, determina Tepjf
No se realizará nuevo plebiscito en Xochitepec, determina Tepjf. Foto: Twitter / @TEPJF_SRCDMX
No se realizará nuevo plebiscito en Xochitepec, determina Tepjf
No se realizará nuevo plebiscito en Xochitepec, determina Tepjf. Foto: Twitter / @TEPJF_SRCDMX

La Sala Regional de la Ciudad de México del Tepjf revocó la anulación de los plebiscitos en la junta auxiliar de Xochitepec, en el municipio Jolalpan, debido a que el TEEP no tomó en cuenta que los habitantes de la comunidad ya habían votado.

En la sesión pública de este jueves, se determinó dar la razón a los actores Ana García Visoso, Estela Islas Cazares y otras personas, que interpusieron el juicio SCM-JDC-173/2019, así como Manuel Quiroz Rodríguez, que presentó el SCM-JDC-162/2019, para que se respetaran los resultados.

Ello debido a que, en el expediente TEEP-A-114/2019, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) partió de una premisa incorrecta basándose en el recurso SCM-JDC-32/2019, al considerar que el ayuntamiento no debía organizar ni participar en la elección debido a presuntos vicios en la convocatoria, por lo que instruyó al Instituto Electoral del Estado (IEE) realizar nuevos comicios.

Sin embargo, no tomó en cuenta que, al momento de la presentación del recurso de apelación, las personas de la comunidad habían emitido su voto el 10 de marzo bajo el procedimiento de mano alzada, mediante acuerdo de las candidaturas de las planillas, así que no era aplicable el precedente que invocó para anularlos.

Por ello, se revocó la resolución, pero por la presencia de impugnaciones contra los resultados, el TEEP debe analizar primero la procedencia de los medios de defensa y, de ser conducente, estudiarlos desde una perspectiva intercultural porque los denunciantes son indígenas, tomando en consideración las circunstancias de la comunidad bajo las cuales se llevó a cabo el proceso electivo.

Es de recordar que, el pasado 6 de junio, la Sala también revocó la anulación del plebiscito en la junta auxiliar Ignacio Romero Vargas, en la capital, pues el TEEP ya no podía argumentar que la convocatoria fuera inconstitucional luego de que esta se consumara. No obstante, esta sentencia fue impugnada por las planillas “Igualdad y Progreso” y “Círculo de la Transformación”.

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