Cereso de Puebla es considerada la segunda prisión más corrupta del país
Sin sentencia, 60% de reos por delitos federales en Puebla; en el país, 44%. Foto: Especial
Cereso de Puebla es considerada la segunda prisión más corrupta del país
Por artículo inconstitucional, con RMV opositores fueron a prisión: abogado. Foto: Especial

Por la inconstitucionalidad del artículo 274 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social, cientos de personas, entre ellas activistas y políticos de oposición, tuvieron que pasar varios meses en prisión en el gobierno de Rafael Moreno Valle.

Así lo expuso, durante la presentación de su tesis de maestría Derecho Constitucional y Amparo, el abogado Víctor León Rueda, quien manifestó que este vacío  generó que durante el sexenio del panista se violaran las garantías individuales de “muchos ciudadanos”

Refirió que este artículo fue aplicado “desde lo alto del poder” contra los detenidos por delitos no graves, quienes alcanzaban fianza, pero quedaban presos por pensar distinto al grupo político en turno o ser críticos con el actuar gubernamental.

Explicó que dicho artículo permite actualmente a la Fiscalía General del Estado (FGE) interponer un recurso de apelación en contra del monto fijado a un ciudadano para gozar de la libertad bajo caución, con un monto impuesto por un juez, a fin de enfrentar el proceso fuera de prisión.

Ejemplificó que un ciudadano al participar en una manifestación puede ser detenido por ataques a las vías de comunicación, por lo que es llevado al Ministerio Público y al ser un delito no grave, se le impone una fianza de 30 mil pesos, pero al intentar pagarla, el MP interpone un recurso de apelación contra el monto.

Esto –dijo– en automático suspende los efectos de la resolución del juez, por lo que con su tesis buscó exhibir que dicho artículo es inconstitucional, incondicional y violatorio de las garantías individuales y a su vez ocupado a capricho del poder Ejecutivo.

Daba pie a fabricar delitos no graves

Dicho artículo establece que la apelación suspende la ejecución de la resolución apelada, salvo cuando esta sea el auto de libertad por falta de méritos para procesar, de no sujeción a proceso, de libertad por desvanecimiento de datos, de sobreseimiento o la sentencia absolutoria únicamente involucre delitos de los considerados como no graves, dictada a favor de persona que carezca de antecedentes penales.

“Con la facilidad de este artículo inconstitucional, la FGE y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) te tenían guardado un rato, mientras tú te vas al amparo de por lo menos seis meses para sacar tu problema adelante, simplemente porque no había división de poderes”, explicó.

Y es que –incluso– esto igual da pie a que a un ciudadano le puedan inventar un delito no grave como portación de armas o sembrarle droga, debido a que la comunicación entre Poder Judicial y Ejecutivo “era buena y de sobra, pero para aprehender a personas”.

Entre algunos de los que fueron “víctimas” de esta inconstitucionalidad, detalló que están Pedro Barojas de Rosas, exasistente de Ana Teresa Aranda Orozco, Sabino Leonardo Serrano, exedil de la Resurrección, quien se opuso a las reformas a la Ley Orgánica en 2014.

Además de Adán Xicale Huitle y Paul Xicale Coyopol, del movimiento Cholula Viva y Digna, quienes fueron detenidos por oponerse a las obras en la zona arqueológica de Cholula cuando el presidente municipal era Leoncio Paisano Arias y el gobernador Moreno Valle Rosas, además de los integrantes de la organización 28 de Octubre, entre otros.

Pedirá a Congreso local derogarlo

Asimismo, León Rueda mencionó que actualmente hay 3 mil procedimientos de personas cuyos casos aún no se resuelven y que serían susceptibles de quedarse en prisión, por la inconstitucionalidad del artículo.

Por ello, presentará su tesis ante el Congreso local a fin de que los diputados, que en su mayoría son de la coalición Juntos Haremos Historia, la adopten y analicen en comisiones a fin de que se puedan derogar dicho artículo.

“Ya platiqué con legisladores. El lunes formalizaré mi propuesta porque es violatorio de las garantías individuales, se usó en contra de los adversarios, y si venimos huyendo del autoritarismo y la persecución política debe derogarse. De lo contrario, quiere decir que a lo mejor nos ponemos en riesgo de que lo usen como Moreno Valle lo hizo”, concluyó.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...