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– La falta de divulgación precisa, el verdadero peligro
Por Wilfrido Muñoz Xicohtencatl

Los Motivos para la modificación de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, es clara y precisa pues indica, “La corrupción es un fenómeno que está afectando gravemente el desarrollo de nuestro país y a la sociedad mexicana, algunos funcionarios y servidores públicos que han ejercido cargos de elección popular y en general cargos públicos en los tres poderes y niveles de gobierno, han cometido excesos y abusos que constituyen delitos, responsabilidad administrativa, daño patrimonial o afectación de la debida función y administración pública, en perjuicio del erario y gasto público”. Hasta ahí estoy totalmente de acuerdo.

Por ello es aceptable que la Cámara de Diputados haya aprobado, la semana pasada, el dictamen en materia de extinción de dominio con el objetivo de debilitar al crimen organizado, atacando uno de los pilares de su actividad económica: la adquisición de bienes muebles e inmuebles. El principal objetivo es que el Estado recupere dichos bienes que adquieren las organizaciones de criminales y aquellos que fueron adquiridos teniendo como origen actos de corrupción.

Ahora bien, lo que me parece un riesgo es la falta de información que prevalece entre la ciudadanía, quien ya comienza a especular sobre éste tema, el cual lo considera como algo totalmente nuevo, siendo que el tema no es nuevo, pues desde 2008 ya se había legislado para modificar el artículo 22 constitucional y abrir la puerta para quitar el dominio, usufructo y disposición de bienes a quienes los adquirieron producto de actos de procedencia ilícita, por lo que se prevé el decomiso de bienes por la vía civil a favor del Gobierno Federal y de las entidades federativas. Esta Ley se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de Diciembre de 2018 se publicó.

De la especulación

En diferentes medios de comunicación y en redes sociales aparecen titulares como los siguientes:

Ley de Extinción de Dominio, grave atentado al derecho de propiedad
– Se prevén abusos contra la población con la Nueva Ley de Extinción de Dominio
– Campesinos podrían verse afectados por la nueva Ley de Extinción de Dominio
– Los arrendadores podrían perder sus bienes por la Ley de Extinción de Dominio recién aprobada

Si bien es cierto que preocupa la amplitud y vaguedad del nuevo menú de delitos que aprobaron los legisladores para la extinción, tales como; delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos, delitos contra la salud, trata de personas, hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, operaciones con recursos de procedencia ilícita y extorsión. También lo es que existe una forma de aminorar o eliminar del todo esa preocupación entre la población, y esta la tiene la autoridad utilizando los medios de comunicación más penetrantes en la población, para dar una explicación precisa y objetiva de este tema.

Así como se encadenan la Radio y Televisión para otros mensajes, también lo debería hacer para una detallada explicación y no surja especulación ni se presenten, porque tal vez los habrá, abusos “apuntalados” en esta que últimamente ya se hizo famosa Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Entre las preocupaciones hay comentarios como aquellos en los que coinciden en que algo “huele” a ampliar peligrosamente la capacidad del gobierno para quedarse con algo que no le pertenece.

Y es que, lamentablemente la falta de explicación amplia y precisa hace que se interprete mal la aplicación de citada Ley.

Veamos el siguiente punto de la Ley y su ejemplo:

Ley.- Se aplicará a aquellos bienes que sin ser propiedad de los presuntos delincuentes, fueron utilizados con conocimiento de su duermo.

Ejemplo: “si una persona alquila una casa habitación y en esta se lleva a cabo un secuestro y el dueño lo sabía, aunque no haya participado en el secuestro esa casa es objeto de extinción de dominio.

La preocupación:

Esto podría prestarse a una mala aplicación cuando el delincuente declare que el dueño del inmueble sabía, cuando en realidad no es así. Si el delincuente afirmara que el dueño sabia y el dueño dice lo contrario, La pregunta es ¿La autoridad dejará de aplicar la Ley o como seria la resolución?

El anterior es solo un ejemplo de tantos que podrían presentarse en la aplicación de esta Ley, por ello es importante que el Gobierno federal utilice todos los medios y especialistas que expliquen “con manzanas”, quiero decir clara y detalladamente este asunto de la Nueva Ley de Extinción de Dominio y así no se cometan abusos
¿No cree Usted?

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