Señalan a empresa fantasma, en solo 3 años ganó 24 mdp con gobierno poblano
Señalan a empresa fantasma, en solo 3 años ganó 24 mdp con gobierno poblano. Foto: SAT
Señalan a empresa fantasma, en solo 3 años ganó 24 mdp con gobierno poblano
En 4 estados, SAT debe revelar ISR pagado por asociaciones religiosas. Foto: SAT

El INAI instruyó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) publique los montos que por Impuesto Sobre la Renta (ISR) ha recaudado de asociaciones religiosas de Campeche, Ciudad de México, Quintana Roo y Tabasco, en el periodo de 2010 al 26 de febrero de 2018.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford destacó que dicha información se refiere a la recaudación del ISR, dentro del régimen de personas morales con fines no lucrativos, en el que deben darse de alta las asociaciones religiosas.

Guerra Ford explicó que lo anterior es en respuesta a la particular que solicitó dicha información, a través de la Administradora Central de Planeación, Análisis e Información de la Administración General de Planeación, el sujeto obligado dijo no disponer de lo requerido, por lo que declaró su inexistencia.

Lo anterior, expuso, debido a que no es posible identificar la recaudación del ISR de contribuyentes denominados en la solicitud como “Iglesias”, en los datos estadísticos que la Administración Central registra conforme a sus facultades. Inconforme, la particular interpuso un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

SAT responde de manera insuficiente

Por su parte, el sujeto obligado realizó una interpretación restrictiva de la solicitud, cuando en su propia página de Internet publica información para las personas morales que se asumen como iglesias y les aclara que, para darse de alta, en el RFC, deben obtener su registro constitutivo ante la Segob y elegir el régimen fiscal de personas morales con fines no lucrativos.

Para el INAI, la respuesta del SAT fue deficiente, al omitir turnar la solicitud a la totalidad de áreas competentes y porque la búsqueda realizada se basó en un criterio restrictivo, por lo que la inconformidad de la particular resultó fundada.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva, en todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir las referidas, de los montos de ISR recaudado en el régimen de personas morales con fines no lucrativos en los estados de Campeche, Ciudad de México, Quintana Roo y Tabasco, en el periodo de 2010 al 26 de febrero de 2018, desglosado por año, entidad federativa y, en su caso, asociación religiosa.

Y de no localizar los montos solicitados, deberá informar a la recurrente de manera fundada y motivada las razones por las que, para el caso del régimen personas morales con fines no lucrativos, no recaba la información estadística solicitada.

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