Piden en el Congreso ley para administrar bienes incautados en Puebla
Piden en el Congreso ley para administrar bienes incautados en Puebla. Foto: Notinfomex

Piden en el Congreso ley para administrar bienes incautados en Puebla
Piden en el Congreso ley para administrar bienes incautados en Puebla. Foto: Notinfomex

En el Congreso de Puebla presentaron una ley que permita a las autoridades administrar los bienes muebles e inmuebles que sean incautados a criminales o abandonados por desconocidos; en ambos casos, los objetos podrían recuperarse tras un juicio.

Con el fin de evitar que el material decomisado sea extraviado, manipulado o robado por personal de las propias dependencias, como ocurrió hace unos meses en la Fiscalía General del Estado (FGE), se planteó crear un órgano que custodie los bienes mientras concluyen las investigaciones para verificar el origen y propiedad de los objetos.

La Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados contempla la creación de una comisión, conformada por: el fiscal General del Estado, quien a su vez la presidirá; el presidente del Poder Judicial del Estado; el secretario de Finanzas y Administración y la secretaría de Salud, que podrían designar a sus suplentes y estarían obligados a sesionar periódicamente.

La comisión se encargará de supervisar a la denominada “autoridad administrativa”, que será la encargada del control de los bienes asegurados.

La comisión tendría como facultades y obligaciones: emitir acuerdos para “la debida administración” de los bienes: lineamientos a los que deberán ajustarse los depositarios, administradores o interventores; conocer sobre el aseguramiento e inventario de los bienes y aplicación del producto de su enajenación.

Habría base de datos

Asimismo, supervisar el desempeño de la autoridad administrativa con independencia de los informes, que en forma periódica deba rendir; constituir entre sus integrantes grupos de trabajo para la realización de estudios, así como “otras disposiciones jurídicas aplicables”.

El titular de la autoridad administrativa sería designado por la comisión y tendrá como atribuciones: administrar los bienes; determinar el lugar en que serán custodiados y conservados de acuerdo a su naturaleza y particularidades; así como rendir informes previos y justificados en los juicios de amparo cuando sea señalado como autoridad responsable.

Habrá de nombrar y remover depositarios, interventores o administradores de los bienes, cuando no lo haya hecho el Ministerio Público o la autoridad judicial; solicitar, examinar y aprobar los informes relacionados con la administración y manejo de bienes asegurados que deban rendir los depositarios, interventores y administradores; además de supervisar el desempeño de los depositarios, interventores y administradores, con independencia de los informes que rindan.

También deberá integrar y mantener actualizada una base de datos con el registro de los bienes; proporcionar información sobre los mismos a quienes acrediten tener interés jurídico para ello; cubrir, previo avalúo, los daños causados por la pérdida, extravío o deterioro de los bienes asegurados, excepto los causados por el simple transcurso del tiempo y rendir en cada sesión ordinaria un informe detallado a la comisión sobre el estado de los bienes objeto de esta ley.

Deberán asegurar bienes

De acuerdo con el proyecto de ley, la autoridad administrativa deberá contratar seguros por valor real de los objetos asegurados, cuando exista posibilidad de su pérdida o daño siempre que el valor y las características lo ameriten.

Aunque no se señala lo que se cobrará por la custodia, se indica que los recursos que se obtengan se mantendrán en un fondo que se “entregará a quien en su momento acredite tener derecho”.

Cuando un bien (mueble o inmueble) se decrete por la autoridad como ilícito y, por tanto, decomisado de forma permanente, o como abandonado, cuando ninguna persona lo reclame, será enajenado o destruido, según señala la iniciativa de ley.

Sin embargo, no se precisa si en el caso de enajenaciones, las autoridades podrán venderlos o subastarlos.

El proyecto de ley, presentado al pleno del Congreso por el diputado sin partido Sergio Salomón Céspedes Peregrina, fue turnado a la Comisión de Procuración de Justicia para su análisis, modificación y, en su caso, aprobación.

incendios forestales