Reformar Código Civil para dar certeza a matrimonios igualitarios: Odesyr
Reformar Código Civil para dar certeza a matrimonios igualitarios: Odesyr. Foto: Especial
Reformar Código Civil para dar certeza a matrimonios igualitarios: Odesyr
Reformar Código Civil para dar certeza a matrimonios igualitarios: Odesyr. Foto: Especial

Aunque la SCJN no obligó al Congreso de Puebla a modificar el Código Civil, sí declaró inconstitucionales los artículos 300 y 294 que no permiten los matrimonios igualitarios, por lo que, al no reformarlos, generan ambigüedad y no dan certidumbre a los jueces.

Así lo señaló Brahim Zamora Salazar, vocero del Odesyr, quien consideró que es necesario que los diputados locales reformen los artículos 300 y 294 del Código Civil para que los jueces de los registros civiles tengan la certeza de efectuar los matrimonios igualitarios.

“En automático” estas uniones tuvieron que haber sido avaladas en Puebla tras la invalidez de dichos artículos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró en agosto pasado, pero a la fecha no se ha cumplido, mencionó en entrevista.

A su juicio, con el fallo del máximo órgano judicial del país “se leyó” que la norma actual quedó desactiva y, a su vez, se entendió que la resolución que dio fue “observable” para que los casamientos entre personas del mismo sexo puedan realizarse.

Insistió en que los diputados deberían reformar por “mero procedimiento”, para no generar ambigüedad en el tema y darles certidumbres a los jueces, ya que son estos quienes al final de cuentas niegan a las parejas el derecho de casarse.

“Es un proceso más de forma que de fondo, es decir, tener un Código Civil adecuado, porque para qué mantienes como legislador dos artículos que declararon inconstitucionales y que no funcionan, cuando puedes armonizar para que este en la ley”, pronunció.

Registros civiles deben ser informados

El integrante del Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) mencionó que, independientemente de lo que se anunció públicamente sobre este tema, los jueces de los registros civiles tuvieron que haber sido informados por sus superiores.

Cabe mencionar que, en agosto pasado, la SCJN determinó la invalidez de los artículos 294 y 300 del Código Civil estatal, que establecen que el objetivo del matrimonio “perpetuar la especie”, mientras que el segundo indica que la unión sólo es entre “un hombre y una mujer”.

Al respecto, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Legislativo poblano, Jorge Aguilar Chedraui, explicó que había dos opciones: una era legislar sobre el tema y otra, que se declararan inválidos los artículos mencionados, por lo que al concretarse la segunda –dijo– los legisladores no tienen “más que hacer”, ya que la aplicación de dicha medida corresponde “estrictamente” a los registros civiles.

Mientras que el secretario General de Gobierno (SGG), Diódoro Carrasco Altamirano, aseveró que no es necesario notificar a los juzgados civiles para que puedan casar a parejas del mismo sexo, pues hay una resolución de la SCJN que ya se hizo pública.

Sin embargo, algunos registros civiles de Puebla consultados por este medio aún no avalan estos matrimonios sin necesidad del amparo, al argumentar que no han sido notificados de manera oficial, ni está publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...