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Yucatán aprueba matrimonio entre personas del mismo sexo
En Puebla, matrimonio homosexual gana amparo contra IMSS. Foto. Especial

 

Inconstitucional, no avalar matrimonios igualitarios en Puebla: SCJN. Foto. Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Código Civil de Puebla por no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, por lo que el Congreso local deberá realizar los ajustes correspondientes.

Lo anterior, derivado de la acción de inconstitucionalidad 29/2016 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentada en abril del año pasado y que fue resuelta durante la sesión de este martes.

La propuesta presentada por el ministro Eduardo Medina Mora determinó la invalidez del artículo 300 del Código Civil estatal, pues establece que el matrimonio es la unión entre “un hombre y una mujer”; así como el artículo 294 que señala como objetivo del matrimonio “perpetuar la especie”.

Durante la sesión de este martes, los ministros de la SCJN votaron por unanimidad que parejas homosexuales puedan casarse en la entidad sin necesidad de presentar un amparo.

Hay trato diferenciado a comunidad gay

La propuesta fue presentada por el ministro Eduardo Medina Mora quien señaló en su ponencia que la normativa atenta con el principio de igualdad, pues se da un trato diferenciado a las parejas homosexuales.

Al respecto, el diputado sin partido, Julián Peña Hidalgo, indicó que nuevamente la corte corrigió a los legisladores y criticó que las creencias religiosas o morales de sus compañeros no hayan permitido crear normas para este sector de la sociedad.

Lamentó que los diputados del PAN y PRI no pasaran ninguna iniciativa en favor del reconocimiento social y jurídico de las personas de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Travesti, Transexual, Transgénero e Intersexual (Lgbttti).

Explicó que tras la notificación de la SCJN, los legisladores tendrán que votar el documento, por lo que dijo esperar que se reformen los artículos del Código Civil sobre el concubinato para dar protección a los hijos.

 

Sólo 9 entidades lo reconocen

En tanto, la diputada del PRD, Socorro Quezada Tiempo, criticó que los legisladores no hayan reformado el Código Civil para aprobar los matrimonios igualitarios, pues la SCJN sentó jurisprudencia en 2015, sobre que la exclusión de parejas del mismo sexo para contraer matrimonio es inconstitucional.

Además, consideró que hubo un desacato sobre el oficio DGPL-2P3A.4240.20 a través del cual, el Senado de la República exhortó a que los diputados poblanos legislen para permitirlo.

Cabe mencionar que sólo nueve de 32 entidades reconocen en su legislación el matrimonio igualitario, sin necesidad de tramitar un juicio de amparo: Ciudad de México, Coahuila, Nayarit, Michoacán, Morelos, Campeche, Jalisco, Quintana Roo y Chihuahua.

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