Más de 80% de candidatos a Congreso, sin presentar 3 de 3: IMCO
SCJN debate secrecía en declaración patrimonial de funcionarios. Foto: Especial
Por Ley 3 de 3, 44 mil funcionarios poblanos declaran patrimonio. Foto: Especial

Por la Ley General de Responsabilidades Administrativas (3 de 3), 43 mil 925 servidores públicos de Puebla tienen que dar sus declaraciones de conflicto de interés y patrimonio a más tardar este miércoles; en el país, lo deben hacer 283 mil 720 funcionarios.

Así lo señaló Germán Reyna y Herrero, Socio Director de ARH Consultores, quien subrayó que, de no hacerlas, estarán incurriendo en “ocultamiento de conflicto de interés” y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o las salas especializadas, así como sus homólogos estatales, les impondrán sanciones.

De acuerdo con el artículo 46 de esta legislación, aprobada en 2016, todos los servidores públicos que presenten su declaración patrimonial “se encuentran obligados” a incluir su declaración de intereses; ambas serán “integradas al sistema de evolución patrimonial” por “las Secretarías y los Órganos internos de control”.

Además, la fracción VI de dicho artículo establece que, en la declaración de conflicto de interés, el funcionario debe informar sobre las situaciones en las que sus intereses personales, familiares o de negocios afecten el desempeño independiente o imparcial de su cargo o comisión.

Sanciones incluyen despido e inhabilitación

Reyna y Herrero detalló que las sanciones consisten en la suspensión del funcionario por 30 o 90 días naturales, su destitución, una sanción económica, ejecutada por el SAT o la autoridad estatal competente, así como la inhabilitación temporal para desempeñarse como servidor público y participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

Por lo anterior, indicó que el funcionario debe “contar con una asesoría especializada para presentar su declaración patrimonial y evitar la discrepancia fiscal entre sus ingresos y su gasto.

La declaración de conflicto de interés –apuntó– debe ser identificado por el funcionario público sin necesidad de que un superior se lo señale y, además de presentarla junto con la declaración patrimonial, debe hacerla en cualquier momento que, en el ejercicio de sus funciones, lo considere necesario.

La consultoría preventiva –añadió– le permitirá mantener la reputación y calidad moral de sus acciones, la transparencia en la declaración patrimonial, así como evitar créditos fiscales derivados de multas establecidas por la Auditoría Superior de la Federación.

Editado por Luis Alberto Palacios

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