¿Qué puede hacer OEA en Venezuela?. Foto: LaNación
¿Qué puede hacer la OEA en Venezuela?. Foto: La Nación

Debido al aumento en el número de muertes en el marco las protestas de chavistas y opositores en Venezuela, se ha cuestionado el papel de la Organización de los Estados Americanos (OEA), institución que no posee mayor facultad que suspender la membresía venezolana.

La Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene por antecedente la Conferencia Internacional Americana, que en 1948, se convertiría en OEA. tras la redacción de su carta fundacional, misma que entró en vigencia en al año 1951.

La institución busca difundir “un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia”. En la actualidad, alberga como miembros a 35 Estados además de observadores de distintas latitudes.

Sin embargo, la OEA sólo se limita a la observación de los procesos, el más reciente ejemplo es Ecuador, en donde fungió como vigilante de las elecciones presidenciales y donde destaca su papel en el recuento de votos de la segunda vuelta.

Resulta necesario afirmar que en el caso de Venezuela, las facultades de la OEA son las mismas a los demás países miembros, por ello, el único recurso con el que cuenta es la aplicación de la carta democrática.

La aplicación de dicha carta puede ser iniciativa de cualquier Estado miembro o del Secretariado General, dicha carta existe desde 2001, cuando los miembros: “adoptaron una cláusula democrática que establece que cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbres de las Américas”.

Se inicia proceso de aplicación de carta

El proceso de aplicación de la carta se inició hace algunas semanas cuando a petición del Secretario General Luis Almagro, los Estados discutieron y nadie se opuso en la ronda de votaciones y la institución afirmó: “todos debemos reasegurar nuestro compromiso indeclinable con la democracia en Venezuela, es imprescindible para el país el pronto retorno a la legtimidad y la institucionalidad“.

Jean Michel Arrigui, responsable del proceso de la Carta Democrática, ha dado a conocer que la discusión de su aplicación sigue en pie y aseguró que “la OEA está aplicando uno de los mecanismos de los que dispone a través de la Carta para ayudar a un Estado miembro, no a un gobierno”.

La Carta Democrática para Venezuela sólo podría entrar en vigor en caso que dos tercios de los Estados miembros votasen en favor de su aplicación, con lo que, el país sudamericano se vería suspendido de manera inmediata del Organismo. Con antelación, la membresía venezolana ha sido condicionada por el Secretario General de la OEA quien cree que “es la única salida a la dictadura“.

A pesar que el organismo ha expresado “en el caso de Venezuela, apoyamos los esfuerzos que hace su sociedad –así como la comunidad internacional- para restaurar la insitucionalidad quebrada“.La OEA aún no ha llevado a cabo la ronda de votación, es porque la Organización confía en que la mediación y la reunión de cancilleres puedan lograr convencer al llamado de nuevas elecciones.

Una de las acciones que la OEA ha emprendido es redactar una serie de medidas en las cuales exige al Estado venezolano lo siguiente: el cese a la represión y la violencia, permitir las manifestaciones pacíficas, poner un alto a las afectaciones que existen para la pluralidad de partidos políticos. Una de las más importantes solicitudes de la OEA es la apertura de un canal humanitario para asistir a la población con servicios básicos.

En caso de ser suspendida, Venezuela aún tendrá que observar las obligaciones que tiene con la institución, que de acuerdo, con el artículo 21, deberá centrarse en hacer cumplir sus obligaciones como signatario de la Carta en temas importantes, principalmente en los derechos humanos.

Sin embargo, aunque la Carta entrase en vigencia, existe la posibilidad de reactivar la membresía, ya que “cualquier Estado miembro o el Secretario General puede proponer el levantamiento de la suspensión“, tal como lo afirman los estatutos de la OEA.

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