ONU acusa arbitraria detención de “Simitrio”
ONU acusa arbitraria detención de “Simitrio”. Foto: EsImagen
ONU acusa arbitraria detención de “Simitrio”
ONU acusa arbitraria detención de “Simitrio”. Foto: EsImagen

La ONU determinó que Rubén Sarabia Sánchez “Simitrio”, líder de la “28 de Octubre”, fue víctima de persecución política que derivó en su detención arbitraria, por lo que el gobierno de Puebla tendría que dejarlo en libertad y reparar el daño.

Así lo dieron a conocer, en rueda de prensa, Samuel Porras Rugerio y Tonatiuh Sarabia Amador, representantes legales de la Unión Popular de Vendedores Ambulantes (UPVA) “28 de Octubre” quienes agregaron que con esta resolución se refleja que en el estado “si hay presos políticos”.

Recordaron que este derivó del expediente que enviaron, en conjunto con el Comité Cerezo, al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en enero pasado, lo cual fue asentado bajo el expediente 65/2017 el cual fue resuelto en su sesión de agosto pasado.

De acuerdo con el documento, dicho grupo emitió en su punto 51 que la privación de la libertad de Sarabia Sánchez, siendo contraria a los artículos 9 (2), 14 y 26 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, es arbitraria bajo las categorías I y V.

En el caso de la primera, se señala como detención arbitraria “cuando es manifiestamente imposible invocar fundamento jurídico alguno que la justifique (como el mantenimiento en reclusión de una persona tras haber cumplido su condena o a pesar de una ley de amnistía que le sea aplicable)”.

Mientras que en la quinta refiere a que la privación de libertad constituye una vulneración del derecho internacional por tratarse de discriminación por motivos de nacimiento, origen nacional, étnico o social, idioma, religión, condición económica, opinión política o de otra índole, género, orientación sexual, discapacidad u otra condición, que lleva o puede llevar a ignorar el principio de igualdad de los seres humanos.

 

No hay argumentos jurídicos para estar preso

En ese tenor, el organismo comentó que “no existe fundamento jurídico alguno” que justifique la detención del líder de la UPVA, puesto que la acusación hecha por el gobierno de Tlaxcala no era suficiente para que el gobierno de Puebla argumentara “notoria mala conducta” y revocara su libertad condicional.

Asimismo, consideró que el hecho de que una acusación pueda revocar la libertad condicional es una violación del principio fundamental de la presunción de inocencia, conforme al artículo 14 (2) del Pacto, por lo que la detención y revocación de su libertad se consideran arbitrarios.

Bajo este contexto, el GTDA manifestó que Sarabia Sánchez fue objeto de persecución en el estado de Puebla por sus actividades políticas, lo cual fue razón del acoso judicial constante, empeorado por la revocatoria de la libertad condicional unos meses antes de que su sentencia de 25 años estuviese a punto de caducar.

“El Grupo de Trabajo está preocupado por la estrategia con intereses políticos de una querella en el caso que se relaciona con el gobernador de Puebla. La persecución de un individuo de esa manera es una práctica discriminatoria que viola el artículo 26 del Pacto y, como consecuencia, hacen que el arresto y la detención de diciembre de 2014 hayan sido arbitrarios”, reitera en el documento.

Por lo anterior, el GTDA solicita al gobierno de México que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Rubén Sarabia Sánchez “Simitrio”, sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

 

Juez de Distritito deberá otorgar libertad

Así como que, en base a las circunstancias del caso, el remedio adecuado sería satisfacer el derecho del activista a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional.

La primera de ellas, especifica, es el Juez Primero de Distrito en Puebla determine su libertad lisa y llana del proceso judicial 9/2017que todavía se le sigue; segunda, que el gobierno de Puebla cese la persecución judicial por las actividades sociales, políticas y de defensa de derechos humanos.

La tercera, que los gobiernos federal y estatal investiguen y castiguen a los funcionarios de los poderes Ejecutivo y Judicial que orquestaron su persecución y judicialización, así como de los integrantes de la “28 de Octubre” que están presos o bajo proceso judicial y que son responsables de la ejecución extrajudicial de Meztli Sarabia Reyna y la cuarta que el Estado mexicano debe reparar el daño sufrido al defensor de derechos humanos.

El GTDA dio un tiempo de seis meses al gobierno mexicano para que informe sobre las medidas de seguimiento adoptadas respecto de las recomendaciones formuladas en la presente opinión, entre ellas si se han concedido indemnizaciones u otras reparaciones a Sarabia Sánchez y si se ha investigado la violación de sus derechos y, de ser así, el resultado de la misma”.

Cabe mencionar que Sarabia Sánchez ha ganado tres amparos contra el delito 9/2017, siendo el último el que ratificó el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal, que le daría su libertad, sin embargo, el juez local tendrá que dictar una nueva resolución del caso.

Además, fue detenido por en 1989, durante el gobierno de Mariano Piña Olaya y una segunda ocasión en 2014, en la administración de Rafael Moreno Valle.

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...