PGR aún debe explicar remoción de Nieto Castillo a Senado: Morena
PGR aún debe explicar remoción de Nieto Castillo a Senado: Morena. Foto: Cuartoscuro

Pese a que Santiago Nieto Castillo desistió objetar su remoción como titular de la Fepade, el Senado debe citarlo a comparecer a él y al encargado de la PGR, Alberto Elías Beltrán, quien debe explicar las razones de esta media, para que sea evaluada.

Así lo reiteraron este miércoles los senadores Manuel Bartlett Díaz, Miguel Barbosa Huerta, David Monreal Ávila, Carlos Manuel Merino, Layda Sansores San Román, Ana Gabriela Guevara, Marco Antonio Blázquez Salinas y Martha Palafox Gutiérrez, del bloque opositor Morena y PT, mediante una carta dirigida a la priista Ana Lilia Herrera Anzaldo, presidenta de Junta de Coordinación Política (Jucopo).

En el documento, sostienen que el procedimiento de objeción es “un mecanismo de control parlamentario del Senado al Poder Ejecutivo para revisar la constitucionalidad” de la remoción de Nieto Castillo por parte del encargado de despacho de la Procuraduría General de la República (PGR).

En este sentido, aseveran que la Cámara Alta “no puede permitir que el Ejecutivo decida libremente la suerte” de los titulares de PGR y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), así como de la fiscalía anticorrupción y la futura Fiscalía General de la República.

Por lo anterior, aunque Nieto Castillo “ya no desee continuar en el encargo” –indican—, como lo manifestó en su carta enviada a la Mesa Directiva el pasado 27 de octubre, “el Senado debe constar y verificar la legalidad de la destitución”, pues “no se trata de un asunto de derecho privado”, sino de “derecho público”.

Demandan 5 condiciones

Con base en lo anterior, los senadores demandaron, en primer término, que sea la Comisión de Justica, y no la Jucopo, el organismo parlamentario encargado de desahogar el procedimiento de objeción, puesto que a la primera correspondió “evaluar y dictaminar el nombramiento” del fiscal electoral.

Sobre las comparecencias, indicaron que, según los artículos 16 y 20 de Constitución federal, debe ser Elías Beltrán el primero en presentar sus alegatos a favor de la destitución de Nieto Castillo, para que éste conozca las razones de la medida y pueda organizar su defensa.

Señalaron que en las comparecencias también se debe respetar “el derecho de prueba”, que consta de los derechos “a utilizar todas las pruebas” disponibles para demostrar una acción o excepciones, a que ésta sean desahogadas en el proceso, a que se valoren racionalmente y a exigir a la autoridad dar motivos sobre los aspectos fácticos y probatorios de su decisión.

Insistieron en que la votación en pleno de la objeción debe ser “con plena transparencia y no por cédula”, rechazando el argumento de que el llamado “voto secreto” protegería a los senadores que rechazaran la restitución del fiscal electoral, puesto que, según el artículo 61 constitucional, “los legisladores somos inviolables por nuestra opiniones y no podemos ser reconvenidos por ellas”.

Finalmente, advirtieron que, si bien el Reglamento del Senado “no contempla un procedimiento acabado e integral de objeción”, sí existen preceptos a seguir en los artículos 239.3, 240.1, 255 párrafo 3, donde se ordena la garantía de audiencia para los servidores públicos.

 

Editado por Luis Alberto Palacios

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