Por Redacción

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió multar a Megacable con 24 millones 235 mil 981.61 pesos, por no haber retransmitido el canal Once Niños del Instituto Politécnico Nacional (IPN) en Torreón, Coahuila.

El órgano regulador identificó que el operador no retransmitía la señal sin embargo está obligada a la retransmisión, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y de los Lineamientos para la retransmisión de contenidos.

El artículo 12 establece que los concesionarios de televisión restringida deben retransmitir todas las señales radiodifundidas de instituciones públicas federales, “de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra y sin modificaciones, simultánea, incluyendo, en su caso, la publicidad, y con la misma calidad de la señal radiodifundida”.

La multa corresponde al uno por ciento de sus ingresos acumulables en el año 2014.

Para fijar la multa el Ifetel se basó en el artículo 298 inciso B fracción IV de la LFTR, el cual establece que las infracciones a esta ley, así como a las disposiciones emitidas por el instituto, se sancionarán con multa por el equivalente de uno hasta 3 por ciento de los ingresos del concesionario.

Fuente: El Financiero/ La Jornada

Foto: Diario de Campeche

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