Por Eduardo García Anguiano

El investigador no parte de prenociones porque se desvía del objetivo principal. Un caso en cuanto a forma: “El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) fue convocado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de acuerdo con el Estado de México y los representantes de las víctimas del caso,…”, se lee en la página 5 de su Primer Informe, con lo que se refirieron a una entidad federativa de los Estados Unidos Mexicanos, no al país. 

Ahora con respecto al fondo: “Las actividades de boteo y toma de autobuses han sido práctica tradicional de los estudiantes de diferentes escuelas normales de México” se lee en la página 19. La palabra “toma” tiene una apreciación no legal y subjetiva sobre hechos presuntamente constitutivos de delito como: robo de autobuses, privación ilegal de la libertad de operadores de transporte, asociación delictuosa y obstrucción del servicio público ¿esto es importante?, veamos.

Cuando en el segundo informe se lee que hubo coordinación de distintas policías para agredir estudiantes es una conclusión extralegal y alejada de los hechos, ya que en ese preciso momento las policías se coordinaron para detener a presuntos culpables de los delitos mencionados, no para custodiar “toma” de autobuses.

 

Si más tarde los detenidos son golpeados, asesinados o desaparecidos en vez de puestos a disposición del ministerio público, las imputaciones son para quienes los aseguraron porque ya es otro el momento y hechos, no para los que se enteraron o apoyaron el operativo de restablecimiento del orden, en todo caso son testigos y habría que determinar si ocultaron alguna información.

Ahora bien, ni los policías que detuvieron a los presuntos delincuentes asumen todos las mismas conductas: unos abusos de poder; otros complicidad; algunos asesinato u otras según los hechos; por eso es que se deben precisar tiempos, circunstancias y deslindar responsabilidades de manera personalizada.

Con la misma lógica: si alguien compra un automóvil y atropella a una persona, el responsable del incidente no es el equipo de ventas ni el agente que lo vendió, sino el conductor del vehículo; las conductas no se transfieren por la cercanía.

Investigar en grupo y sesgadamente lleva a calificaciones subjetivas de los hechos, las indagaciones e imputaciones se hacen sobre conductas individualizadas; tal vez si en adelante se priorizara sobre ello se llegaría a otras conclusiones.

El escritor inglés George Martin expresó: “El diablo está en los detalles”.

@EGAnguiano
28 de abril de 2016

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