Efraín Núñez/El Sol de Puebla

El delegado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Román Lazcano Fernández, estimó que en los próximos años se podría crear el municipio 218 en la zona de Angelópolis por el crecimiento que ha registrado. 

En un foro de movilidad y desarrollo urbano, organizado por el Congreso del Estado, el funcionario federal subrayó que el crecimiento de la zona plantea necesidad de que exista una autoridad. 

Lazcano Fernández estimó que en los próximos años habrá aproximadamente 70 mil familias que habitarán en Angelópolis, que es la zona de más alta plusvalía en el estado. 

Subrayó que se trata de una situación que no se contemplaba hace algunos años, sin embargo ahora es una de las de mayor crecimiento en la entidad, la cual se ubica entre los municipios de Puebla, San Andrés Cholula y Santa Clara Ocoyucan. 

“Se necesita que haya una autoridad en la zona en los próximos años para poder regular la vida en ese lugar. Recientemente se dio el caso de que un particular concesionó la instalación de parquímetros debido a un vacío legal”, expuso.

Subrayó que se ubican fraccionamientos y colonias importantes como Lomas de Angelópolis, por lo que en su opinión se debe analizar si en los próximos años aplica la figura del municipio en la zona. 

“También podría establecerse otra figura como la delegación”, indicó al reparar que en el futuro las delegaciones de la Ciudad de México serán considerados municipios. 

De tomarse esta decisión, manifestó que el Congreso del Estado tendrá un trabajo importante, debido a que se trata de un área de aproximadamente 800 hectáreas. 

“Se trata de una autoridad directa o inmediata, y tiene que ver con planeación y urbanización”.

En ese sentido, manifestó que se requiere de una autoridad pública recaudadora, que además brinde los servicios básicos en las zonas habitacionales. 

El artículo 13 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla establece que para la creación de nuevos municipios se requiere que “la superficie en que se pretenda constituir el nuevo Municipio no sea menor de cien kilómetros cuadrados; que haya un mínimo de veinticinco mil habitantes en esa superficie; que lo soliciten por escrito al Congreso del Estado, cuando menos las tres cuartas partes de los ciudadanos vecinos inscritos en el padrón electoral, de dicha superficie y que el centro de población propuesto como cabecera, tenga por lo menos la categoría de villa”.

Asimismo, la legislación exige que se demuestre que el probable ingreso fiscal sería suficiente para atender los gastos de la administración municipal; que se demuestren las causas políticas, sociales, económicas y administrativas por las que el municipio al que pertenece la fracción o fracciones solicitantes, ya no responden a las necesidades de la asociación en vecindad y que sean oídos el Titular del Poder Ejecutivo y los Municipios afectados. 

Para mayor información:http://www.oem.com.mx/elsoldepuebla/notas/n4076360.htm

incendios forestales

Director general y fundador del portal de noticias Ángulo 7. Es originario de Puebla y estudió Ciencias y Técnicas de la Comunicación en la Universidad Cuauhtémoc. Ha sido reportero en los periódicos...