El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) determinó que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) es el encargado de resolver un juicio de amparo ante la presunta omisión del Congreso estatal de realizar consultas indígenas y homologar la reforma al artículo 2 constitucional.

El juicio de amparo lo presentó Raymundo García, integrante del pueblo indígena Tutunaku, el pasado 12 de marzo de 2026 con el objetivo de que se armonicen las reformas del artículo 2 de la Constitución Mexicana a nivel estatal. Cabe decir que, en Puebla, el artículo 2 federal en materia de pueblos indígenas, corresponde al artículo 13 de la constitución estatal.

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Lo anterior, para proteger los derechos político-electorales de los pueblos indígenas y que los integrantes de dichas comunidades puedan participar en las candidaturas y elecciones. También, reconoce sus procesos normativos y a libre autodeterminación.

No obstante, el TEEP consideró que el amparo que promovió Raymundo García no le competía y lo turnó a la Sala Superior del Tepjf para resolver y analizar la posible omisión del Congreso de Puebla de no realizar la homologación y consultas que derivaron de la reforma indígena.

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Las reformas del artículo 2 se publicaron en septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y estipulan lo siguiente:

  • Establecer sistemas normativos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de Puebla
  • Crear una ley para elección de representantes indígenas en Puebla
  • Realizar un procedimiento para elegir a diputados y alcaldes representantes de comunidades indígenas
  • Definir cargos de manera independiente a los partidos políticos

Además, menciona que las autoridades estatales tienen que homologar su marco juridico como lo establece la reforma constitucional.

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TEEP revisará amparo por consultas para homologar reforma indígena

El Congreso de Puebla tiene que hacer varias reformas legislativas para acatar lo establecido por la constitución. Lo anterior, por medio de consultas con procedimientos apropiados con las comunidades indígenas.

Previamente, Raymundo García envío una petición al Congreso de Puebla para que lleve a cabo dichos diálogos antes de aprobar reformas o iniciativas que involucren a los pueblos indígenas y que tengan el objetivo de homologar el artículo 2 constitucional.

El integrante del pueblo indígena Tutunaku mencionó que el legislativo tiene que realizar las consultas de manera libre, informada y culturalmente adecuada.

Posterior a los diálogos con las comunidades indígenas de Puebla, el Congreso debe de homologaren el artículo 13 estatal la reforma al artículo 2 de la Constitución Mexicana para que los integrantes de los pueblos puedan participar en candidaturas y elecciones.

Raymundo García subrayó que con la resolución del Tepjf el amparo lo tiene que resolver el TEEP para que el legislativo estatal pueda ejecutar las consultas y la homologación de la reforma indígena. Por lo tanto, las comunidades indígenas están en espera de que se resuelva el juicio para que puedan ejercer sus derechos.