En el Congreso de Puebla, buscan aumentar las penas de prisión hasta 50 años por violaciones que involucren a las víctimas embarazadas siendo menores de edad, independientemente si la gestación llega a término.

De acuerdo con una iniciativa presentada por la diputada de Morena, Nayeli Salvatori Bojalil, el pasado 27 de noviembre de 2025 y aprobada este jueves en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

Dicha propuesta de decreto tiene como fin reformar el artículo 278 del Código Penal de Puebla, con el fin de establecer que cuando las menores queden embarazadas por estupro o violación, se aumenten las penas de prisión hasta en dos terceras partes.

De acuerdo con la diputada, los delitos sexuales causan que las víctimas sufran secuelas físicas y emocionales que dejan daños permanentes e irreparables.

Al respecto, la Organización Mundial de la Salud y la Asociación Americana de Psiquiatría, establecen que los eventos traumáticos como los casos de violencia física y sexual, generan enfermedades psiquiátricas.

Así como trastornos psicológicos, tales como depresión clínica, ansiedad generalizada, estrés postraumático, entre otros.

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Por su parte, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla cuenta con mil 814 carpetas de investigación iniciadas por delitos cometidos contra la libertad y la seguridad sexual. Estos se clasifican de la siguiente manera:

  • El delito de abuso sexual cuenta con 408 casos
  • El delito de acoso sexual tiene 188 casos
  • El delito de hostigamiento sexual cuenta con 40 casos
  • El delito de violación simple tiene 194 investigaciones
  • El delito de violación equiparada registra 116 casos
  • Otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual: 868

Ante ello, es necesario implementar medidas preventivas y estrategias, así como aumentar las sanciones aplicables, entre ellas prisión, a personas que cometan delitos de violencia sexual. Haciendo hincapié cuando dichos delitos tengan como consecuencia un embarazo en una menor de edad.

El Sistema Integral de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de Puebla dice que de 2018 a 2023 hubo 98 mil 925 nacimientos ocurridos en niñas y adolescentes de entre 10 y 19 años. Cabe decir que dicha información, no especifica el número de embarazos ocasionados por delitos de carácter sexual.

En tanto, el artículo 22 de la Constitución Mexicana menciona que todas las penas impuestas por los estados tienen que ser proporcionales al delito que se sanciones.

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No obstante, en Puebla es necesario incrementar las penas de prisión en los delitos de carácter sexual, cuando como consecuencia de ellos, la menor resulte en embarazo. No importa si la gestación es de término o no.

Por lo tanto, se reformará el Artículo 266, el cual establecerá que, si alguna víctima queda embarazada a consecuencia del delito de estupro, la sanción correspondiente se aumentará hasta en dos terceras partes. Indistintamente de la duración o resultado de la gestación.

Actualmente, el estupro se castiga con 1 a 6 años y multas de 20 a 200 días de salario. Pero, con el aumento propuesto en la iniciativa, se castigaría con cuatro años más de prisión, es decir, 10 años de cárcel.

Mientras que, el artículo 271 Bis, menciona que si alguna víctima queda embarazada por violación, la sanción correspondiente en Puebla se aumentará hasta en dos terceras partes. Independientemente de la duración o resultado de la gestación.

En este delito, la pena máxima es de 8 a 40 años de cárcel y multas de 50 a mil días de salario. Con el aumento, las sanciones quedarían con 60 años de pena.