En el Congreso de Puebla, se propuso tipificar el matrimonio infantil y la cohabitación forzada de menores de edad. Y, con ello, establecer penas de hasta 15 años de prisión y una multa de hasta 293 mil pesos para quien cometa estos agravios en contra de los derechos de niñas y adolescentes, principalmente.
El 5 de febrero, el diputado Roberto Zataráin, de la bancada de Morena, presentó una iniciativa para modificar el Código Penal del estado. El matrimonio entre personas menores de 18 años ya está prohibido en el Código Civil, pero hasta ahora no está penalizado.
En ese sentido, la reforma del Congreso plantea prevenir, sancionar y erradicar el matrimonio infantil y la cohabitación forzada en Puebla, mediante una modificación al artículo 228 Bis del Código Penal.
Dicho artículo señala que comete el delito de cohabitación forzada quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u ofrezca a menores con o sin su consentimiento.
Fue en 2023 cuando se creó este tipo penal a nivel federal; sin embargo, solo cinco municipios en todo el país lo han homologado.
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Sanciones por matrimonio infantil en Puebla
La modificación establece que a la persona responsable de este delito se le impondrá una pena de ocho a 15 años de prisión. En ella, también se incluye una multa de mil a dos mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir, hasta de 293 mil pesos.
De acuerdo con el diputado Roberto Zataráin, el Censo de 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) ubicaba a Puebla en el décimo lugar nacional en uniones forzadas o tempranas.
Aclaró que, contrario a lo que se piensa, este fenómeno no ocurre solo en comunidades rurales, ya que la ciudad de Puebla ocupa el quinto lugar en matrimonio infantil.
Esta iniciativa también tendrá el objetivo de que las instituciones como el DIF realicen campañas, programas y diagnósticos. Esto para detectar estos casos y que las autoridades correspondientes intervengan.


