En el Congreso de Puebla, el diputado Julio Miguel Huerta, presentó una iniciativa que tiene el propósito de reformar el artículo 57 del estado para armonizarlo con la reforma del artículo 73 de México, y establecer nuevas investigaciones y sanciones por delitos de feminicidio.
Es de decir que, los casos de feminicidios se volvieron más relevantes a partir de casos como el denominado “Campo Algodonero”. Dicho caso evidencio deficiencias en la actuación de autoridades encargadas de prevenir, investigar y sancionar la violencia feminicida.
Ante ello, México establece una serie de reformas legislativas e institucionales para combatir los feminicidios. Sin embargo, aún hay retos importantes, como la heterogeneidad normativa que persiste entre las entidades federativas.
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Reforma al artículo 73 de México
Recientemente, se llevó a cabo la reforma al artículo 73 de la Constitución Política de México para que el Congreso de la Unión expida una ley general en materia de feminicidio.
Con esta reforma, también se impone la necesidad de realizar adecuaciones en el ámbito local para garantizar la debida articulación entre la legislación estatal y la futura ley general.
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Por lo tanto, la iniciativa de reforma presentada por el diputado del grupo legislativo de Morena tiene el objetivo de expedir y armonizar la legislación mencionada en materia de feminicidio.
Ello, conforme a las bases, principios y lineamientos establecidos en la Constitución Política de México. Además, en la Ley General de la materia que al efecto expida el Congreso de la Unión.
¿Cuáles son las sanciones de la Ley General contra el Feminicidio?
Entre los puntos clave de la Ley General contra el Feminicidio destaca la obligación de que los Ministerios Públicos. A fin de que investiguen como feminicidio cualquier muerte violenta de mujeres desde el inicio de las indagatorias. Además, se establece un turno continuo de trabajo las 24 horas, los 365 días del año.
La reforma fija una pena de 40 a 70 años de prisión y contempla nueve razones de género, entre ellas signos de violencia, delitos motivados por estereotipos, prejuicios y relaciones de poder.
Además, sancionarán la tentativa de feminicidio con 35 a 46 años de prisión, además de una multa superior a los 234 mil pesos.
Asimismo, en la reforma contra el feminicidio se establecen 21 agravantes. Entre ellas se encuentran: que la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, mujer con discapacidad, que el delito se cometa frente a sus hijos o que la víctima pertenezca a un pueblo originario.





