La diputada Gabriela “Gaby” Chumacero propuso una nueva ley para la Atención y Erradicación de la Discriminación de Puebla que incluye la exclusión por orientación sexual, edad, discapacidades y neurodivergencias; además se creará un Copredep que atenderá quejas y emitirá sanciones.
El 21 de enero, la diputada de Morena presentó una nueva legislación contra la discriminación, aunque la entidad ya tenía la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla, desde hace doce años.
En previos cuestionamientos, la legisladora había señalado que no podía presentar una iniciativa contra la discriminación sino se consultaban con los distintos grupos vulnerables.
De acuerdo con Gaby Chumacero, la Ley para prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado de Puebla, vigente desde noviembre de 2013 y reglamentada en 2015, presenta deficiencias.
Principalmente, en cuanto a procedimientos efectivos para resolver y, en su caso, sancionar conductas discriminatorias.
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Creación del Copredep
En la norma vigente se establece que cada ente público debe instalar un Comité para Prevenir y Eliminar la Discriminación, los cuales están facultados para atender quejas y reclamaciones. Sin embargo, la ley omite especificar el procedimiento concreto que deben seguir estas figuras.
En la ley para la Atención y Erradicación de la Discriminación de Puebla, se establece la creación de Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación (Copredep). Este será un organismo público descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación.
El Copredep nace con el objetivo central de emitir políticas públicas y coordinar acciones para prevenir, atender y erradicar la discriminación en la entidad.
Una de las atribuciones del nuevo Consejo será la de investigar presuntos actos de discriminación, ya sean cometidos por servidores públicos o por particulares.
Para ello, gestionará los procedimientos de quejas y reclamaciones previstos en la ley. La dirección del Copredep estará a cargo de un órgano de gobierno integrado por representantes de diversas dependencias, incluyendo a las secretarías de las Mujeres, Salud y Trabajo. También se contempla la participación de la Comisión de Derechos Humanos y la Fiscalía General del Estado (FGE).
Además, el Consejo promoverá una composición plural, al integrar hasta a 20 personas representantes de grupos sociales o comunidades en situación de vulnerabilidad. Asegurando que las voces de los sectores más afectados sean escuchadas en la toma de decisiones.
Procedimientos accesibles y medidas correctivas
El Copredep ofrecerá orientación a las personas agraviadas sobre sus derechos. Las quejas y reclamaciones podrán presentarse en un plazo de hasta un año después de tenerse conocimiento del acto discriminatorio, y se podrán realizar por escrito, vía telefónica o cualquier medio electrónico, facilitando el acceso.
Entre las medidas administrativas que el Copradep podrá imponer para prevenir, atender y eliminar la discriminación destacan:
- Impartición de cursos y talleres para promover la igualdad.
- Fijación de carteles para modificar conductas discriminatorias.
- Implementación de medidas de compensación, inclusión y acciones afirmativas.
- Difusión pública de resoluciones.
- Acciones de reparación del daño.
- Solicitud a la autoridad competente para aplicar sanciones.
- Imposición de trabajo comunitario no remunerado en instituciones públicas o privadas asistenciales.
Modificaciones de la Ley para erradicar la discriminación en Puebla
La iniciativa de Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Puebla, impulsada por la diputada Gaby Chumacero, redefine y amplía de manera el concepto de discriminación.
En la Ley, la discriminación es la exclusión, distinción o restricción que, con o sin intención, reconoce explícitamente como actos discriminatorios la homofobia, la transfobia, la misoginia, la xenofobia. También considera el antisemitismo y la aporofobia (rechazo a las personas en situación de pobreza), entre otras formas de intolerancia.
Además, la propuesta introduce y específicas protecciones que antes eran vagas o estaban ausentes. Reconoce explícitamente el derecho a la autonomía reproductiva, es decir, a decidir sobre la maternidad. Prohíbe la discriminación por condición etaria, garantizando el derecho a la participación y al libre desarrollo de la personalidad en todas las etapas de la vida.
Asimismo, refuerza las protecciones contra la discriminación por origen étnico, orientación sexual, identidad o expresión de género. En este aspecto, también abarca la condición de salud, creencias religiosas, situación económica precaria, estado civil o discapacidad física, mental o intelectual.





