Ante la propuesta en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar inconstitucional el artículo 480 del Código Penal de Puebla referente al ciberasedio, el gobernador Alejandro Armenta Mier señaló que hay división de poderes y los ministros hacen su trabajo.
Así se plantea en el proyecto del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, derivado de la acción de inconstitucionalidad 81/2025 y su acumulada 88/2025 elaborado por el Partido Acción Nacional (PAN) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mismo que se votará el martes en el pleno de la SCJN.
En el documento, se detalla que es fundado el argumento de la comisión accionante porque el tipo penal de ciberasedio vulnera el principio de legalidad, en su vertiente de taxatividad, por tanto, se declara su invalidez.
Se detalla que, en este caso, la descripción de las acciones sancionadas por el Poder Legislativo es “demasiado ambigua”. Ello, genera incertidumbre para los destinatarios, ya que no pueden conocer, cuáles son las acciones que no tienen que hacer para evitar sanciones penales.
Por ello, se declara la invalidez de la norma sometida a control, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso local. Asimismo, tendrá efectos retroactivos en beneficio de las personas a las que se le haya aplicado el precepto impugnado a partir del 11 de julio de 2025.
Esto significa que para aquellas personas que resultaron sancionadas o procesadas por esta situación se les eliminaría la causa.
“Son parcialmente procedentes las acciones de inconstitucionalidad y fundada la acción de inconstitucionalidad 88/2025. Se declara la invalidez del artículo 480 del Código Penal de Puebla, en los términos de los apartados VI y VII de la presente ejecutoria”, cita la resolución.
Al ser cuestionado sobre el ciberasedio luego de inaugurar el Campeonato Nacional del Tenis de Mesa en Puebla, Alejandro Armenta mencionó que la Corte hace su trabajo.
“Los ministros hacen su trabajo, el Poder Judicial ejerce la justicia, el Poder Legislativo crea leyes y el Poder Ejecutivo ejecuta, hay división de poderes, entonces no tengo algún comentario”, remarcó Armenta Mier.
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Delito de ciberasedio
Es de mencionar que, en enero pasado, el juez tercero de Distrito en Materia Penal, Horacio Óscar Rosete Mentado, declaró inconstitucional el delito de ciberasedio.
Además, concedió el amparo promovido por Projuc, en favor de la organización internacional por la defensa de la libertad de expresión “Artículo 19”.
Esto, ya que se definió al delito de ciberasedio como aquella acción que se hace en redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital.
Y se considera un delito cuando las personas realizan actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona. Como consecuencia de dichos actos, altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional.
Se aprobó en julio del año pasado por el Congreso de Puebla y eso generó diversas críticas en Puebla al considerar que:
- Se cortaba la libertad de expresión
- Promovía la censura
- Se aplicaba una “mordaza” para no criticar el ejercicio gubernamental





