El poder ejecutivo envió las leyes secundarias del Poder Judicial del Estado (PJE) que serán aprobadas esta semana por el Congreso de Puebla; esta señala en el Código de Instituciones y Procesos Electorales que establece que la elección será el 6 de junio de 2027 y los aspirantes no podrán ser violentadores ni deudores alimentarios.
El coordinador de gabinete José Luis García Parra presentó 10 iniciativas complementarias dentro de las cuáles se adicionaron tres: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla y Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa. Por último, la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
El Código de Instituciones y Procesos establece cómo se realizará la elección al PJ de Puebla, por primera vez en 2027 se elegirán a magistrados y jueces locales.
La integración del Poder Judicial local será mediante elecciones libres. Esto conlleva un proceso que arrancará formalmente en noviembre de 2026 y culminará el domingo 6 de junio de 2027.
¿Cómo será la elección del Poder Judicial de 2027?
Los poblanos votarán para renovar magistraturas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, juzgados de primera instancia y magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial.
Las boletas de la elección de 2027 en Puebla incluirán información detallada como la región judicial, distrito, municipio, el cargo. Asimismo, la especialidad por materia ya sea penal, familiar o civil, y el nombre completo de las y los candidatos. Estos se ordenarán alfabéticamente para facilitar la identificación por parte de los votantes.
No cualquiera podrá aparecer en la boleta; los candidatos deberán contar con título y cédula profesional en Derecho. Asimismo, no formarán parte de los órganos del Instituto Electoral del Estado durante el proceso, a menos que se separen del cargo un año antes del inicio de la elección.
Tampoco podrán pertenecer al Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que renuncien con tres años de anticipación.
Queda prohibida la participación de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, violencia familiar o que sean deudores alimentarios.
En el caso de las personas juzgadoras que ya están en funciones y quieran competir por un cargo diferente o en otro territorio, deberán informar al Congreso del Estado.
Estos jueces y magistrados no tendrán pase automático y deberán pasar por el mismo proceso de postulación que cualquier otro aspirante, sujetándose a lo que establezca la Convocatoria General.
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Etapas para la elección de 2027 de jueces y magistrados en Puebla
El proceso electoral judicial se desarrollará en siete etapas: la primera es la emisión de la convocatoria y postulación de candidaturas, que estará a cargo del Congreso del Estado. Concluirá a más tardar el doce de febrero de 2027 con la remisión del listado de candidatos al Instituto Electoral.
La segunda etapa es la preparación de la elección. Esta iniciará con una sesión del Consejo General durante los primeros diez días de noviembre de 2026 y terminará justo al inicio de la jornada electoral.
La tercera etapa será la de campaña electoral, que tendrá una duración de sesenta días y concluirá tres días antes de la jornada electoral.
En esta fase no habrá precampañas ni actos anticipados de campaña. Así, los candidatos solo podrán difundir su trayectoria profesional, méritos, experiencia y propuestas de mejora institucional.
Queda prohibido que incluyan emblemas, colores, lemas o símbolos que generen vinculación con partidos políticos.
Jornada electoral
La cuarta etapa de la elección en Puebla, que iniciará a las ocho horas del primer domingo de junio de 2027 y concluirá con la clasificación y conteo general de boletas.
La quinta etapa corresponde a los cómputos y sumatoria, que arrancarán el martes siguiente a la jornada electoral con la instalación de sesiones permanentes de cómputo.
La sexta etapa es la asignación de cargos, donde el Instituto identificará a las candidaturas con mayor número de votos. Posteriormente, asignará los cargos alternando entre mujeres y hombres para garantizar la paridad de género.
Finalmente, la séptima etapa será la entrega de constancias de mayoría y declaración de validez de la elección. Esta finalizará cuando las determinaciones del Consejo General queden firmes.
Consejo General del IEE
Para organizar este proceso, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE) sesionará durante los primeros diez días de noviembre de 2026 para declarar el inicio del proceso electoral.
Además, se instalarán los Consejos Distritales Judiciales, que serán órganos desconcentrados temporales encargados de vigilar la observancia de la ley. Además de cumplir los acuerdos del Consejo General en materia de elección judicial.
En caso de irregularidades, la reforma contempla causales de nulidad que pueden aplicarse tanto a la votación recibida en una o varias casillas como a la elección completa de personas juzgadoras. Esto significa que, si se presentan violaciones graves a la ley, debidamente acreditadas, toda la elección judicial podría ser anulada.





