La Comisión de Hacienda y Patrimonio del Congreso de Puebla informó que para el control y regulación de motos por el aumento de delitos cometidos en estas se modificarán las placas. Ante esto, se especificará el número de pasajeros en tarjeta de circulación y a quienes adquieran un nuevo vehículo se otorgará un permiso temporal de circulación de cinco días.

Este 27 de enero se aprobó la ley que adhiere diversas modificaciones a la Ley de Hacienda en materia de motocicletas en Puebla. Dicha ley fue propuesta por la ex diputada y presidenta del Congreso de Puebla, Laura Artemisa. 

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La mayoría aprobó la ley, obteniendo una abstención por parte del diputado Rafael Micalco de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN). Luego de medio año, la ley para modificar las placas de motos está iniciando y pasará al pleno para ser votada por los 41 diputados que integran el Congreso de Puebla. 

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¿En qué consiste esta reforma para el control de motos y modificación de placas? 

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En su momento, la ahora secretaria del Bienestar, Laura Artemisa, dijo que esta ley y regulación en las placas tiene como objetivo desincentivar el uso de motos en la comisión de delitos y fortalecer la seguridad vial.

 La iniciativa, que modifica la Ley de Hacienda del Estado, traslada la responsabilidad de la inscripción en el Registro Estatal Vehicular a los concesionarios o vendedores (personas físicas o morales). Quienes deberán completar el trámite antes de entregar la motocicleta al comprador.

Permisos temporales solo para motos nuevas 

La medida busca dar fuerza ejecutiva a lo ya establecido en la reciente Reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, que obliga a los distribuidores a expedir un “permiso provisional de traslado único” al vender una motocicleta.

Este permiso solo autoriza un viaje del punto de venta al domicilio del comprador, prohibiendo así la circulación de motos sin placas definitivas.

El permiso tiene una vigencia máxima de 5 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la factura de compra. Su validez está estrictamente ligada a la ruta autorizada entre la agencia y el domicilio declarado, prohibiendo cualquier otro uso o desvío.

Con esta propuesta, el vendedor no solo otorgará ese permiso único, sino que también deberá gestionar directamente la inscripción o alta del vehículo. Además del cambio de domicilio ante las autoridades, a través de los mecanismos que disponga la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración (SPFA). 

Además, queda expresamente prohibida la expedición de cualquier otro permiso temporal o provisional que autorice a circular motos sin sus placas definitivas.

Nuevas especificaciones en placas y documentos 

La reforma también contempla cambios en la identificación física de las motocicletas, las placas deberán tener  tipografías que faciliten su identificación a simple vista y su captación por sistemas digitales, como cámaras de vigilancia.

Asimismo, estas placas podrían incluir distintivos que permitan a la autoridad diferenciar el uso del vehículo: privado o comercial. Así como el número de tripulantes autorizados. La tarjeta de circulación también deberá especificar estos datos.

Reportera del portal Ángulo 7 para Las Cholulas. Estudió la licenciatura de Lingüística y Literatura Hispánica en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. En proceso de ser cronista de no ficción.