Se emitió una resolución preliminar del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del T-MEC sobre una denuncia de trabajadores de la minera Camino Rojo en Zacatecas, donde aseguran que hay vínculos de la empresa con el narcotráfico para actuar contra los líderes del sindicato; ¿qué implica el fallo de este panel?
Trabajadores de la sección 335 del Sindicato Nacional Minero acusaron actos de violencia e intimidación por parte de estos grupos delincuenciales. Esto supuestamente con el fin de intimidar a los afiliados para que acepten a un sindicato afín a la compañía, propiedad de la canadiense Orla Mining. Incluso, presentaron una denuncia ante las autoridades mexicanas, a quienes señalan por no actuar.
Cabe resaltar que esta empresa opera bajo el Tratado de México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), donde hay reglas a favor de los trabajadores. Así, ante la acusación contra Camino Rojo, se estableció un panel por parte del MLRR que tiene la obligación de garantizar el acceso de los trabajadores a un sindicato electo libremente.
México se comprometió a garantizar que sus trabajadores puedan acceder a una negociación colectiva auténtica, para lo cual es indispensable la existencia de una efectiva democracia sindical y el ejercicio pleno de la libertad de asociación por parte de los trabajadores.
¿Qué sanciones habría contra Camino Rojo por vínculos con el narcotráfico?
Este mecanismo es reconocido por ser uno de los más rápidos para resolver controversias, y puede tardar alrededor de cuatro meses. Además, en comparación con otros, las sanciones comerciales se aplican de manera directa a las empresas y no contra todo el sector. Estas pueden ir desde la imposición de aranceles hasta el bloqueo a la importación. Orla Mining es una de las compañías que más comercializa oro y plata en México.
Tomando esto en cuenta, los trabajadores denunciaron los hechos a Defensa, Marina y al Tribunal Laboral y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Sin embargo, el titular Marath Baruch Bolaños López, manifestó su desacuerdo con la resolución preliminar del MLRR. Esto bajo el argumento de que “es un asunto penal y no laboral”.
Sin embargo, el mismo tratado establece que “basta con la presunción de una denegación de derechos para que el MLRR pueda activarse en contra de México”. Por el momento, el panel del MLRR continúa su proceso en Estados Unidos. Falta aún la resolución total del caso para que se determine o no la culpabilidad de Camino Rojo en una vinculación con el narcotráfico.





