A través de redes sociales, el Obispo emérito de Saltillo, Raúl Vera López dio a conocer que le negaron la asistencia religiosa a un reo hospitalizado; por lo que acusa violación a sus derechos humanos.
En una publicación realizada este domingo 29 de marzo, mencionó que en 38 años como obispo y 50 de sacerdote jamás le habían negado dar un sacramento a una persona privada de la libertad (PPL).
Señaló que en México, las personas privadas de la libertad conservan su derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto.
Para esto, subrayó que esto es garantizado por el artículo 24 de la Constitución Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos.
Pero, el Obispo Raúl Vera, mencionó que los custodios federales le negaron poder darle asistencia religiosa a un reo hospitalizado en Saltillo.

Dio a conocer que el PPL es un interno del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 18 de Mesillas y “no pudo ofrecer los sacramentos”.
Finalmente, el religioso señaló que “los elementos de Seguridad Pública no son dueños de la vida de ese muchacho y no pueden quitarle sus derechos, se trata de un ser humano“.
¿Por qué negar la asistencia religiosa viola los derechos humanos?
El artículo 24, que cita el Obispo Raúl Vera, establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión“.
Por ello, este derecho no se pierde por el hecho de que una persona esté en prisión. Por otra parte en la Ley Nacional de Ejecución Penal, que aterriza este derecho para las PPL, en el Artículo 9, establece que:
“Recibir asistencia religiosa, de acuerdo con su profesión, de conformidad con las disposiciones reglamentarias del Centro Penitenciario.”
Esto significa que el Estado no solo debe permitir la creencia sino dar facilidad para que la persona la reciba o participe en actividades religiosas bajo los protocolos de seguridad.





