El colectivo Hermanos Serdán promovió un amparo para exigir que el Congreso de Puebla regulase las figuras de revocación de mandato en la Ley de Participación Ciudadana, derechos que tienen una omisión legislativa de cuatro años. Tras este proceso, la SCJN falló a su favor.

El fallo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió la decisión de un Juzgado de Distrito que había desestimado el caso bajo el argumento de que se trataba de un asunto electoral, es decir improcedente en un juicio de amparo. 

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Este fallo fue publicado el pasado 15 de agosto, en el Semanario Judicial de la Federación, en el cual se hace explícita la desición de los ministros que determinaron que la omisión legislativa del Congreso de Puebla viola el derecho humano a la participación política.

El artículo explica que la revocación de mandato no es un tema exclusivamente electoral, sino un mecanismo de rendición de cuentas. La SCJN destacó que, al no existir una regulación, los ciudadanos no cuentan con herramientas para ejercer este derecho.

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Además, también explica que este amparo no interfiere con las competencias del Instituto Nacional Electoral (INE) o los tribunales electorales. 

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Precedente para participación

En su análisis, la Corte citó el precedente de la Acción de Inconstitucionalidad 151/2021, donde ya se había reconocido que la revocación de mandato forma parte de los derechos políticos.

Con esta sentencia, la Segunda Sala no solo ordenó reabrir el caso para analizar el fondo del amparo, sino que estableció la Tesis Jurisprudencial 49/2025, la cual servirá como referencia para futuros reclamos en otros estados donde no exista esta regulación. 

El fallo, obtuvo cuatro votos a favor, con el proyecto que elaboró el ministro Javier Laynez Potisek como ponente.

Esta decisión refuerza el papel del Poder Judicial para obligar a los congresos locales a legislar en materia de participación ciudadana.

Puebla, con omisión legislativa en revocación de mandato

En ese sentido, este medio ha documentado a la par el impulso de la Ley de Participación del colectivo Opción Ciudadana lleva impulsando el derecho establecido en la ley reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 Constitucional desde el año 2021.

Además, en 2024, lograron que el diputado panista Oswaldo Jiménez López presentara la Ley de Participación Ciudadana en Puebla. No obstante, esta no llegó a votarse en el pleno del Congreso.

La iniciativa proponía los mecanismos de participación ciudadana, fundamentales para una democracia activa. Estas se dividen en seis figuras clave: Iniciativa Ciudadana, Plebiscito, Referéndum, Consulta Ciudadana, Revocación de Mandato y Contraloría Social.

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Reportera del portal Ángulo 7 para Las Cholulas. Estudió la licenciatura de Lingüística y Literatura Hispánica en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. En proceso de ser cronista de no ficción.