El Congreso de Puebla priorizará el análisis y ley para la protección de los derechos de las infancias trans. Esto, luego de que la SCJN diera un plazo de 20 días para modificar el Código Civil estatal, advirtiendo la imposición de sanciones en caso de desobediencia.

Pável Gaspar, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jucopo), confirmó que se trabaja en la reforma al Código Civil. Lo anterior, busca establecer un mecanismo que garantice y facilite el reconocimiento legal de la identidad de género para menores de edad.

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El legislador de Morena destacó la urgencia de este marco jurídico. Asimismo, señaló que corresponde a las Comisiones de Procuración de Justicia y de Hacienda, realizar el análisis de la ley de infancias trans.

Este último requerimiento obedece a la directriz de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece la expedición gratuita de las nuevas actas de nacimiento.

Luego de tres años, Congreso de Puebla trabajará en ley de infancias trans

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Después de tres años de incumplimiento, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia retomó el pasado 28 de octubre una iniciativa presentada en la legislatura anterior.

Esta propuesta busca derogar la fracción II del artículo 875 Ter y adicionar el artículo 875 Quáter al Código Civil. Esto, con el objetivo específico de eliminar el candado jurídico que actualmente impide a los menores de 18 años ejercer su derecho a la identidad de género.

El área jurídica del Congreso confirmó que recibió un nuevo oficio de la SCJN el 3 de octubre, instando a la inmediata atención a la ley de infancias trans.

La SCJN ha establecido parámetros precisos para la legislación. Entre los lineamientos, destaca la implementación de un trámite pronto y expedito. Dicha iniciativa de Ley está fundamentada en el conocimiento informado de los niños, niñas y adolescentes, que permita el cambio, registro o adecuación de nombre mediante un acta nueva.

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¿Qué debe eliminar?

La reforma debe eliminar requisitos estigmatizantes como la presentación de comprobantes de cirugías o tratamientos hormonales. Asimismo, la ley debe permitir que los menores puedan solicitar su nueva acta de nacimiento a través de sus representantes legales. El trámite deberá contar con la supervisión obligatoria de la Procuraduría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado.

Cabe recordar que la SCJN declaró inconstitucional la decisión del Congreso de Puebla. Esto ocurrió el 25 de febrero de 2021, cuando se aprobaron las reformas al Código Civil.

Si bien esta reforma garantizaba el derecho al cambio de identidad de género autopercibida, conocido como Ley Agnes. Esta legislación establecía para las infancias trans el requisito de tener 18 años para modificar el acta de nacimiento.

El 3 de marzo de 2022, la SCJN declaró inconstitucional el artículo 875, fracción II, del Código Civil de Puebla por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans. De esta manera, otorgó un primer plazo de 12 meses al Congreso para modificar la Ley Agnes, plazo que hasta ahora no ha sido cumplido.

Reportera del portal Ángulo 7 para Las Cholulas. Estudió la licenciatura de Lingüística y Literatura Hispánica en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. En proceso de ser cronista de no ficción.