Los motociclistas poblanos que quieran regularizarse en sus documentos tendrán descuentos entre 50 y 100 por ciento en la expedición de la tarjeta de circulación, pago de derechos, placas y tenencia, lo cual tendrá una vigencia del 15 de agosto al 31 de diciembre de este año.
Así quedó establecido en el acuerdo de la Secretaria de Planeación, Finanzas y Administración (SPFA), publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE), para otorgar diversos beneficios fiscales en favor de los propietarios de motocicletas.
En el documento se detalla que esto tiene como fin implementar acciones gubernamentales que coadyuven con los poblanos para la actualización del Registro Estatal Vehicular, otorgando seguridad y certeza jurídica en la propiedad de los bienes.
Descuentos para motociclistas
Por ello, los descuentos para motociclistas serán del 100 por ciento en el pago de los derechos por la expedición de la tarjeta de circulación; del 80 por ciento en el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de los Derechos por los Servicios de Control Vehicular; así como, de su correspondiente actualización.
Así como del 50 por ciento del pago de los derechos por la expedición de las placas de circulación, y del 50 por ciento por los servicios de expedición, renovación, reposición o duplicado de licencia de motociclista, con vigencia de 3 años y, por la aplicación del examen teórico de conocimientos como requisito para la realización de estos trámites.
Dicho acuerdo establece que los propietarios, tenedores y usuarios de motocicletas domiciliados en Puebla, para acceder a los beneficios citados deberán acudir ante cualquier Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente.
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Licencias se tramitan ante SMT
Asimismo, los trámites de expedición, renovación, reposición o duplicado de licencia de motociclista se realizarán en los módulos de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT), debiendo reunir los requisitos y formalidades establecidos para los descuentos.
Finalmente, se especifica que quienes presenten solicitud de trámites o movimientos en materia del Registro Estatal Vehicular, a más tardar el 17 de diciembre de 2025 cuya realización requiera autorización de las autoridades del estado podrán acceder a los beneficios, siempre que la autoridad fiscal competente emita resolución favorable.
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