El gobernador, Alejandro Armenta Mier, presentó al Congreso de Puebla dos iniciativas; la primera permitiría un mando militar como director de la Policía Auxiliar de Protección Ciudadana, y la segunda busca fortalecer los centros de atención integral para la niñez.
De acuerdo con la reforma a la Corporación Auxiliar de Protección Ciudadana, permitiría que un mando militar sea director.
En el texto menciona que el artículo 22, fracción III dice que para ser Director General de la Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana se requiere:
Haber ocupado cargos directivos en el ámbito del Servicio Público, la Seguridad Pública, o en Instituciones militares o navales.”
Por lo que con esta reforma amplían el perfil para incluir a mandos del ejército o de la marina; ya que antes se centraban en la experiencia en seguridad pública civil.
En el artículo 21 reformado, el Director General será nombrado por la Junta de Gobierno, a propuesta del gobernador. Por lo que estará al frente de la Policía Auxiliar por seis años y podrá ser ratificado por un periodo más.
Cabe mencionar que la Junta de Gobierno estará integrada por:
- El Gobernador del Estado como Presidente Honorario.
- El Secretario de Seguridad Pública como Vicepresidente.
- El Subsecretario de Coordinación y Operación Policial como Secretario Ejecutivo.
- El Director General de Administración de la SSP como Tesorero.
- Tres Vocales: el Fiscal General del Estado, el Director de la Policía Estatal Preventiva y el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública.
Además, en la reforma al artículo 24 introduce un mecanismo de vigilancia externa sobre el Director General y toda la corporación. Así que se incorpora una supervisión independiente a través de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Iniciativas a la protección a la niñez
Las iniciativas a la protección de la niñez presentadas por el gobernador Alejandro Armenta ante el Congreso de Puebla tienen como objetivo fortalecer la organización, supervisión y funcionamiento del sistema estatal que regula los centros de atención infantil.
La modificación y ampliación a la Ley de Prestación de Servicios para la Atención y Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla, contempla a estancias, guarderías entre otros.
Por ello, establece la integración del Consejo Estatal en el artículo 14, donde menciona que coordinará la política pública sobre atención infantil:
Integrantes:
- Titular de Secretaría de Gobernación (Presidente del Consejo).
- Titular de la Secretaría de Educación.
- Titular de la Secretaría de Salud.
- Titular de la Secretaría de Bienestar.
- Titular del DIF Estatal (Secretario Técnico).
- Titular de la Comisión de Derechos Humanos de Puebla.
- Siete presidentes municipales, elegidos conforme al Reglamento.
En el artículo 14 bis, explica cómo regulará el trabajo del Consejo Estatal, entre lo que destaca la participación técnica y coordinación sin aumentar el gasto público.
Además, en el artículo 15 señala que las facultades del Consejo Estatal donde puntualiza la autorización de solicitudes que quieran operar legalmente. Además, informará al Registro Nacional sobre los centros autorizados en Puebla.
En el artículo 16 señala que el Consejo Estatal tendrá al menos cuatro sesiones ordinarias al año. En cuanto a las sesiones extraordinarias serán cuando sea necesario, incluso por emergencia.





