Tras su aprobación en la Cámara de Diputados el pasado 1 de febrero, la reforma al Infonavit de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo recibió el aval en las comisiones unidas de Reordenamiento Urbano y Vivienda, y de Estudios Legislativos del Senado de la República.
La iniciativa recibió 18 votos a favor, siete en contra y dos abstenciones por lo que pasó al pleno para su discusión y votación. Además, las comisiones unidas acordaron que las reservas que presenten los diferentes grupos parlamentarios se discutirán hasta dicho momento, por lo que se mantiene sin modificaciones.
Se trata de modificaciones a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de vivienda con orientación social. Con ella, se busca que el Infonavit construya, arrende y venda vivienda a precios accesibles para la población.
Esta reforma crea una empresa filial encargada de construir vivienda, que, sin ser una entidad paraestatal, estaría sujeta a mecanismos de control y transparencia. De ello se encargarían la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con apoyo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, expresó que la reforma rompe el esquema de “lucro y depredación” de inmobiliarias e instituciones financieras. Expuso que estas, al amparo de la administración pública “del viejo régimen”, generaron créditos impagables.
Por su parte, senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano señalaron que esta reforma pondría en riesgo los ahorros de los trabajadores al entregar su control al gobierno federal. Esto, ya que, consideraron, no habría garantía de que el recurso se utilice en los objetivos planteados pese a indicar los entes fiscalizadores.
¿Qué establece la reforma al Infonavit?
La reforma al Infonavit planteada por la presienta Sheinbaum Pardo permite al fondo celebrar contratos y convenios. Esta facultad facilitará que las empresas participen en la construcción de vivienda bajo un esquema que garantice el buen manejo de recursos y prevenga corrupción.
También regula la figura del arrendamiento social, con un mecanismo que permita el acceso a la vivienda para mediante un arrendamiento con opción de compra.
Además, prohíbe la actualización del saldo, el pago por concepto de amortización o los accesorios de los créditos otorgados a las personas trabajadoras. Esta medida busca poner fin a los cobros excesivos y a los intereses abusivos e impagables.
De igual forma, plantea la facultad de veto de la persona directora general en la Comisión de Administración y Vigilancia, que será limitada y únicamente procederá cuando una resolución no sea adoptada por unanimidad. En ese sentido, su único efecto será suspender la aplicación de la resolución correspondiente para que la Asamblea General resuelva, en definitiva.
M.H.C.





