La nueva Ley de Aguas Nacionales conservó la prohibición de descargas de mineras en cauces federales, y se eliminó la negativa ficta ante falta de respuesta de Conagua, lo que evita que empresas obtengan concesiones. Sin embargo, Agua para Todos señaló que faltó prohibir las privatizaciones del servicio de agua potable.
Tras su aprobación en la Cámara de Diputados con 324 votos a favor, 118 en contra y 2 abstenciones, se avaló después por el Senado en lo general y lo particular, por la bancada de Morena, el Partido del Trabajo y el PVEM.
Estos dos cambios son resultado de las reservas presentadas durante la discusión en lo particular de la ley. Además, se presentaron otros cambios relevantes a lo dictaminado por la Comisión de Recursos Hídricos de último momento.
Entre ellos, la reforma al artículo 30, donde se determinó que también se incluyan los núcleos agrarios y los sistemas comunitarios de agua en el padrón del Registro Público Nacional del Agua. Con esta medida, se reconoce de manera explícita a estas comunidades y se garantiza su protección.
En lo que respecta al artículo 37 Bis 2, se estableció que la reasignación de volúmenes de explotación tiene como prioridad el derecho humano al agua y el desarrollo nacional.
Asimismo, en el artículo 118 Bis 4 se incluyen medidas de reparación o compensación de daños ambientales. Con ello se promueve el uso responsable y sostenible de los recursos, en atención a la petición de grupos ambientalistas.
Por su parte, el artículo 49 reforzó el binomio tierra-agua, permitiendo la transmisión de los derechos de la tierra a los derechos del agua.
En cuanto al artículo 11 Bis, se reincorpora la figura del Órgano Interno de Control, con el objetivo de fortalecer la transparencia y prevenir los actos de corrupción.
Propuestas a favor de productores agrícolas
Se aprobó la reforma al artículo 123 Bis 3, que incrementa las penas por el robo doloso de aguas nacionales. Las sanciones serán de tres a cinco meses de prisión y 100 a 200 UMA, y para robos mayores, de seis a ocho meses y 150 a 200 UMA.
El artículo aclara que las sanciones serán para abusos graves, no para actividades de uso personal, doméstico o agropecuario familiar.
En el artículo 119 se sancionará a quien ceda, suministre o intercambie agua por pago para un uso distinto al concesionado. En el artículo 120, fracción 5, se prevé la suspensión o revocación de concesiones según la gravedad de las faltas.
Otra medida importante para productores ganaderos y agrícolas aparece en el artículo 49, que aclara que el uso pecuario y agrícola en actividades primarias no implica cambio de uso de suelo.
El artículo 82 contempla la implementación de sistemas de captación de agua pluvial para uso doméstico y agropecuario. Además, la reforma al artículo 123 Bis 1 otorga a la Conagua la figura jurídica de víctima u ofendido, fortaleciendo su acción frente a abusos del recurso.
La ley incorpora el concepto de seguridad hídrica en el artículo 3, inciso 58 BIS, obligando al Estado a garantizar el acceso, cuidado y disponibilidad del agua.
Para Agua para Todos falta prohibir la privatización
Pedro Moctezuma Barragán, representante de Agua para Todos, afirmó que faltó la prohibición de concesionar el servicio de agua potable y alcantarillado, lo que permite actos de corrupción.
No aparece reflejada la propuesta de prohibir la privatización de los organismos operadores de agua potable; tenemos casos graves como Puebla, Aguascalientes y Quintana Roo.
Señaló también la falta de mayor participación ciudadana en los consejos de cuenca, donde deberían intervenir productores agrícolas, pueblos indígenas, académicos y organizaciones.
Actualmente, estos consejos están integrados por representantes de gobiernos estatales y municipales y vocales del Ejecutivo federal, además de la incidencia de grandes empresas.
Moctezuma explicó que la Conagua no está cobrando 44 mil millones de pesos a concesionarios industriales, pues el artículo 113 Bis 2 solo contempla el retiro de concesiones después de dos años sin pago, sin sanciones por subrecaudación.
También señaló la ausencia de propuestas de infraestructura para enfrentar desastres hidrometeorológicos como tormentas e inundaciones. Concluyó que las personas más necesitadas resultan ser las más afectadas por estos fenómenos.





