Debido a la violencia política de género ejercida contra la participación de las mujeres en la vida política, Lupita Cuautle, alcaldesa de San Andrés Cholula, impulsó capacitación a funcionarios a través de la Fiscalía Especializa en Materia de Delitos Electorales (Fisel) para erradicarla.

Este miércoles 19 de febrero, se ofreció una capacitación a regidores, inspectores y presidentes municipales de San Andrés Cholula con el objetivo de informarles sobre las manifestaciones de la violencia política por cuestiones de género.

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Cuautle Torres advirtió que la violencia política de género es una barrera de exclusión, intimidación y agresión. Por ello señaló que, es importante brindar las herramientas a las mujeres para transformar las estructuras machistas que perpetúan esa injusticia.

La capacitación fue ofrecida por Ruth Karina Andraca Huerta, fiscal especializada en Investigación Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE).

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Quien explicó que las formas de violencia política contra las mujeres en razón de género incluyen agresiones verbales, económicas, sexuales y o psicológicas, físicas, patrimoniales, simbólicas y feminicidas.

En ese sentido especificó que la violencia política por cuestiones de género es cualquier acción u omisión que atenta contra los derechos políticos electorales de una mujer.

Capacitan a funcionarios de San Andrés para combatir Violencia Política de Género

Informó que en el escenario nacional es preocupante la cantidad de agresiones contra mujeres que buscaban ocupar cargos públicos. Detalló que, en 2018, se registraron 237 agresiones, de las más alarmantes son los 23 homicidios, 10 intentos de homicidio, 12 secuestros, siete lesiones con arma de fuego y 127 amenazas.

Informó que, en abril de 2020, se reformaron ocho leyes generales para unificar el concepto de violencia política de género. Entre ellas, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley General de Responsabilidad Administrativa y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Andraca Huerta advirtió que, con estas reformas, en las elecciones de 2020-2021 disminuyó levemente los delitos cometidos. Remarcó que se registraron 100 actos de violencia. De los cuales 40 están siendo atendidos hasta la fecha por la Fisel.

¿Cómo identificar y denunciar?

Ruth Andraca Huerta señaló que la violencia política contra las mujeres se manifiesta si: se condiciona, rechaza o excluye su participación en procesos electorales, negándoles equidad. Si durante las campañas, enfrentan discriminación tanto de su propio partido como de otros.

Esta violencia también incluye la restricción al derecho de voto libre y secreto de las mujeres, amenazarlas o intimidarlas para obligarlas a renunciar a precandidaturas o candidaturas. Además de tácticas como la difusión de imágenes o información privada para denigrarlas.

Otra forma de violencia es la creación y distribución de propaganda político-electoral que degrada o denigra a las mujeres, reforzando estereotipos y desalentando su participación política.

En ese sentido, aseveró que las mujeres o cualquier ciudadano puede presentar sus denuncias mediante los sistemas de atención ciudadana Fiscalía Especializada en material de Delitos Electorales (Fisel); un escrito ante Fisel; un agente del ministerio público de la Fisel o un ministerio público local.

Agregó que es fundamental presentar evidencias, para que procedan las denuncias, como: nombres completos de los testigos, fotografías, audios, videos y documentos. Y que este delito se puede denunciar en cualquier momento, aun si está en curso una jornada electoral.

Penas por cometer delito electoral

Indicó que, con la reforma a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se establecieron 14 tipos penales de violencia. Las sanciones por este delito incluyen multas de hasta 300 días y penas de hasta 6 años de prisión.

Agregó que las sanciones pueden incrementarse cuando las agresiones son por parte de servidores públicos; funcionarios electorales y partidista; aspirantes; precandidatos y candidatos. Y si se comete contra mujer de un pueblo originario la sanción se aumenta en dos terceras partes.

Destacó que, con la reforma a la Ley General de Responsabilidad Administrativa, se reconoce que la violencia política puede ser ejercida por servidores públicos. Además, los agresores pueden ser superiores jerárquicos; colegas; dirigentes de partido; militantes; precandidatos; agentes estatales; medios de comunicación e incluso otras mujeres.

Finalmente, señaló que existe un registro nacional de personas sancionadas por violencia política de género, violencia familiar y deudas alimentarias. Quienes figuren en este registro no podrán ser candidatos, salir del país ni obtener un pasaporte.

Reportera del portal Ángulo 7 para Las Cholulas. Estudió la licenciatura de Lingüística y Literatura Hispánica en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. En proceso de ser cronista de no ficción.