A partir de enero de 2025, los ciudadanos que quieran tramitar su licencia de conducir tendrán que pasar una prueba de manejo que aplicará a través de un simulador. Lo anterior no quiere decir que se excluya el examen teórico que de por sí ya se aplica.

Así quedó sentenciado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) donde se publicó la reforma al Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, la cual establece la acreditación de un examen práctico de habilidad por medio de simuladores.

Esto aplicará para para cualquier tipo de licencia que se busque tramitar ante las autoridades estatales de Puebla, tanto pública como privada. 

De igual manera para los servicios público y mercantil se mantienen la pruebas toxicológicas y la capacitación que Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) ofrece. Además de la valoración psicofísica integral.

El decreto detalla que en esos casos, además de los servicios auxiliares de arrastre, salvamento y el servicio ejecutivo, la prueba de “habilidad” se aplicará conforme al tipo de licencia que se expedirá.

En dichas modificaciones al reglamento queda establecida la plataforma con la que el gobierno del estado gestionará los servicios de arrastre, arrastre y salvamento, y depósito de vehículos.

De igual manera, queda de manifiesto si alguna de estas permisionarias actúa de manera irregular, tendrá que hacerse responsable de los gastos que se ocasionen.

Finalmente, también quedó establecido un sistema de recepción de quejas para los servicios de grúas. Las quejas que serán recibidas son:

  • Cobre de forma excesiva o con base en una tarifa distinta a la establecida en el tabulador.
  • Daños al vehículo al realizar las maniobras de arrastre, de arrastre y salvamento o de depósito.
  • Preste el servicio de manera distinta a la autorizada o realice maniobras sobre el vehículo sin autorización de la persona usuaria o interesada.
  • Realice la entrega del vehículo objeto del servicio con faltantes.
  • Se niegue a recibir el pago del servicio prestado.
  • Realice el servicio de arrastre, arrastre y salvamento o lleve vehículos al depósito sin previa autorización de la persona usuaria.
  • Retenga el vehículo sin causa justificada.

Coordinador editorial del portal Ángulo 7. Estudió Economía en la BUAP. Apasionado de la escritura con un blog llamado "Lo mundano de las letras" (https://lomundanodelasletras.blogspot.com/).